El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Alicante ha fallado a favor del Cortejo de Labradores-Porteadores de la Virgen de las Nieves en el litigio que mantiene con el Ayuntamiento de Aspe tras haber suprimido, sin consenso previo y por decisión unilateral del equipo de gobierno que forman EU y PSOE, el tradicional sistema de designación de los porteadores de la imagen de la patrona. La polémica medida se hizo efectiva en las romerías de «La Traída», celebrada el 3 de agosto de 2014, y «La Llevada», realizada el 24 de agosto de 2014, tras la fuerte discrepancia que entre ambas partes se produjo en los meses previos hasta llegar a los tribunales de Justicia.

Pero ahora el juez ha declarado la nulidad del acuerdo plenario adoptado el 29 de abril de ese mismo año, por el que el Ayuntamiento decidió modificar el reglamento para elegir por sorteo, entre todos los vecinos de Aspe mayores de 18 años, a quienes quisieran ostentar el honor de llevar a la Virgen de las Nieves a hombros en la romería desde Hondón hasta la Basílica de Aspe.

El magistrado, que también ha condenado al Ayuntamiento a pagar las costas judiciales, expone en su sentencia que el nuevo reglamento supone romper unos «usos y costumbres vigentes desde tiempo inmemorial», rubricados por acuerdos como el concordato suscrito entre Aspe y Hondón de las Nieves en el año 1848. Por lo tanto, el fallo le da la razón al Cortejo de Labradores, al que legitima como parte, y considera que los responsables municipales no tuvieron en cuenta a los Labradores a la hora de realizar el cambio del sistema de elección, por lo que deja sin efecto el acuerdo municipal y ordena, asimismo, «que se mantenga el procedimiento tradicionalmente seguido para el traslado de la Virgen de las Nieves».

Recurso al TSJ

No obstante, contra la resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de quince días ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia. Una posibilidad a la que el actual equipo de gobierno de EU-PSOE piensa acogerse, tal y como ha podido saber este diario, al considerar que el fallo no tiene en cuenta la falta de legitimación de los Labradores Algo que, según mantuvo durante el juicio el letrado del Consistorio, responde a que ha sido el Ayuntamiento el que siempre ha tenido «la potestad del nombramiento de las personas que portean y acompañan a la Virgen en su recorrido», mientras los recurrentes apoyan su legitimación en «unos supuestos derechos honoríficos o hereditarios basados en la costumbre».

Antecedentes

Cabe recordar que en julio de 2014, un mes antes de «La Traída», el titular del Juzgado de lo Contencioso Número 1 de Alicante ya aceptó la petición de los casi 30 antiguos Labradores de la Virgen que interpusieron el recurso y decidido suspender, de forma cautelar, el acuerdo plenario por el que se decidió elegir, por sorteo abierto, a los 24 vecinos y vecinas encargados de llevar a la patrona.

El deseo de EU y PSOE ha sido, desde el primer momento, acabar con los privilegios de una serie de familias que han ostentado el cargo de Labradores desde la posguerra, momento en el que se realizó el último nombramiento del Cortejo que acompaña a la Virgen.