La sentencia de la Audiencia Provincial que absuelve al secretario general de los socialistas de Monóvar, Paco Picó, estimando el recurso contra su condena por un juzgado por haber enviado cartas anónimas que insultaban a familiares de su compañero de grupo Ramón Rico no le exime de afrontar consecuencias civiles.

La Audiencia revocó el fallo del juzgado de lo Penal número 5 de Alicante principalmente por dos motivos: Que el hecho fuera juzgado como delito cuando se trataría de una falta y porque la infracción estaría prescrita por la vía penal al transcurrir más de seis meses. Sin embargo, el fallo reconoce que «resulta probado y expresamente así se declara que el día 30 de diciembre de 2009, el acusado, Francisco Picó Gimeno, mayor de edad y sin antecedentes penales, con intención de atentar contra la fama y la dignidad de Matilde Barberá y de su hermano, José Andrés, remitió a éstos sendas cartas, advirtiéndoles de que las iba a difundir por todo el pueblo».

«El motivo de impugnación ha de ser estimado, con la consiguiente revocación de la sentencia condenatoria impugnada y el dictado de un pronunciamiento libremente absolutorio de aquél, sin perjuicio de las acciones civiles que contra él pueda emprender, si lo consideran convenientes, los querellantes», según la sentencia. Por ello Rico estudia si emprender acciones por la vía civil.