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l Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Elche ha declarado que el edificio del antiguo hotel de Arenales del Sol se encuentra en estado de ruina legal no inminente, rechazando el recurso interpuesto por la empresa propietaria del inmueble, Princesol, contra la decisión del Ayuntamiento de Elche de declarar en 2004 la ruina técnica del edificio, instando a la propiedad a demoler el edificio o a rehabilitarlo. La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso.

El fallo judicial, de 31 páginas, realiza un análisis exhaustivo de los diferentes informes técnicos que se han realizado en el proceso, el primero del año 1999, tanto de los técnicos municipales, como los de la empresa propietaria del edificio, los de Costas y el del perito procesal. Todo ellos con elementos contradictorios entre sí, bien de precios, bien de superficies. En el proceso judicial ha sido objeto de controversia también la categoría del hotel, cuatro estrellas, según el perito procesal; tres estrellas, según el Ayuntamiento de Elche, categoría esta última que finalmente fue confirmada por la propia Conselleria, según consta en la sentencia.

Determinante, a tenor de los fundamentos de derecho, parece haber sido el informe que en su día realizara la entonces arquitecto jefe del Ayuntamiento, Pilar Amorós. "Aún cuando en el sistema de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística no se contemplaba en puridad el supuesto de la ruina técnica, el estado estructural del edificio que se deduce de este informe sirve como elemento que refuerza la convicción de que las reparaciones a realizar superan los costes que establecía esa norma legal", se indica en la sentencia.

El informe de Amorós ponía de manifiesto la existencia de "un importante deterioro de la estructura del edificio, al observarse importantes agrietamientos verticales en los pilares de planta baja, descubrimiento de armaduras y forjados y falta de estabilidad general de la estructura que se deduciría de la visita ocularÉ".

En el fallo judicial, notificado a finales de enero, se añade que, "incluso, como resulta de los informes técnicos municipales, cabe resaltar que en apoyo de dicha convicción asimismo puede argumentarse que el edificio, si bien es de los años sesenta, se halla en dominio público marítimo terrestre y, por tanto, cercano al mar, lo que, como es sabido, contribuye al deterioro de los edificios, al igual que en tal sentido se puede aducir la situación de desuso del inmueble desde hace años".

El tribunal subraya antes de ratificar la declaración de ruina técnica decretada por la Administración local que al haber obtenido la empresa propietaria del edificio la concesión por parte de Costas, gracias a un fallo de la Audiencia Nacional, "será viable que la recurrente proceda a la rehabilitación del edificio si así lo permite el planeamiento urbanístico". Según la sentencia, "el acto recurrido no cierra la puerta a esta posibilidad. Al contrario, esa puerta la había cerrado Costas al denegar presuntamente la concesión, pero este obstáculo ha sido levantado por la Audiencia Nacional, cuya sentencia ya es firme".

Esta sentencia es el segundo pronunciamiento judicial sobre el estado de ruina técnica del edificio del antiguo hotel de Arenales. El anterior fallo judicial, del año 2004 sobre un decreto de 2001 del Ayuntamiento, resultó favorable a la propiedad, pero como se indica ahora, "la sentencia de la sala de 26 de marzo de 2004 dice acertadamente que la ruina es algo dinámico. De forma que un inmueble pudo no haber estado en ruina en 2001 y estarlo en 2004".