Cláusulas abusivas, como las cláusulas suelo, los gastos hipotecarios y otros abusos de los bancos están en el punto de mira desde que, desde Europa, señalaran a las entidades por prácticas ilegales en los últimos años. En tierra de nadie habían quedado las hipotecas a las que se le había aplicado el Índice de Referencia sobre Préstamos Hipotecarios (IRPH), un tipo de interés al margen del Euribor y que se basa en la media simple de los intereses aplicados por todas las entidades bancarias. Ahora, un despacho de abogados ilicitano, Ávila Soluciones Legales, ha conseguido la primera sentencia a nivel estatal que no solo obliga al banco a devolver las cantidades cobradas de más y a dejar de aplicar, desde ahora, el IRPH en favor del Euribor, sino que el tribunal también obliga a la entidad a correr con las costas judiciales del proceso, que se ha librado en el Juzgado de Instrucción número 5 de Orihuela. Un caso que hoy se juzgaría en el tribunal especial de cláusulas suelo de Alicante, pero la demanda se presentó antes de que entrara en funcionamiento.

El préstamo hipotecario se firmó el 25 de abril de 2007 para la adquisición de un chalé valorado en 210.000 euros. El tribunal reconoce que en el momento de la firma, la entidad no explicó las consecuencias de aplicar este tipo de interés, ni las diferencias de aplicar otro, como el Euribor. Desde entonces, durante estos más de diez años, los clientes de la hipoteca han pagado 17.800 euros de más, tal y como explica Javier Ávila, el titular del despacho de abogados.

«Se trata de un tipo de interés que no firma nadie, solo se hace en un 5% de los casos, y ya ni eso, porque ha dejado de utilizarse desde que Europa apuntara a la opacidad del tipo de interés. Se trata de aplicar una media simple de todos los bancos, que no tienen en cuenta el peso de cada uno de ellos en el mercado, y que en casi todas las ocasiones implica que el cliente deba pagar más», explica. El Euribor es el valor aplicable en el 88% de los casos.

Pese a esa opacidad dictaminada por Europa, el Tribunal Supremo falló a finales del año pasado que el IRPH no era opaco, como sí las cláusulas suelo y otro tipo de cláusulas aplicadas por los bancos en las hipotecas. Una sentencia, la del Tribunal Supremo, que supuso un «mazazo», explica Ávila, para los más de un millón de afectados por estas prácticas.

Precisamente por eso, esta sentencia cobra especial importancia porque «demuestra que los jueces siguen su propio criterio y, caso por caso, se examina si se informó o no a los clientes de este tipo de interés, y de lo que suponía». De hecho, asegura que, en la mayoría de asuntos que lleva su despacho, «ni siquiera sabían que tenían IRPH, se han enterado al venir para ver si tenían cláusulas suelo, o si tenían derecho a que se le devolvieran los gastos hipotecarios».

Esta es otra de las supuestas trampas de este tipo de interés. Su índice se calculaba en base a la media de intereses de las entidades más diferenciales, comisiones y gastos hipotecarios, «y si estos gastos deben pagarlos los bancos, como se ha establecido, no pueden imputarse al TAE en el caso del IRPH», matiza Ávila. Desde el despacho de abogados ilicitano aseguran que esta sentencia puede sentar precedente para casos similares, «y especialmente en esta zona hay muchos», por el tipo de cajas que comercializaron este producto.