Negar el acceso a una persona con discapacidad a un establecimiento es ilegal, ya que va en contra del derecho a la igualdad y la dignidad. Este tema ha sido tratado en la Universidad Miguel Hernández de Elche, a raíz de una denuncia que un grupo de personas con discapacidad presentaron al no poder acceder a una fiesta.

El autor del trabajo elaborado en la UMH, dirigido por el profesor Antonio Luis Martínez-Pujalte, fue Andrés Vicente, que concluyó que no es conforme a derecho la denegación a una persona del acceso a un establecimiento privado abierto al público, sea de la naturaleza que sea, únicamente por razón de su discapacidad, ya que siempre, y sin exepción alguna, debe prevalecer el respeto y la igualdad frente a intereses privados. No obstante, en el mismo estudio se concluye que puede haber casos en que el trato desigual por razón de discapacidad se encuentre justificado y no resulte, por tanto, discriminatorio. En este caso, un ejemplo sería el supuesto en el que se deniega el acceso a una persona con discapacidad porque su entrada supondría un peligro para su integridad por motivos de seguridad.

El trabajo elaborado en la Universidad Miguel Hernández de Elche también concluye que no existe obligación alguna de eximir del precio de la entrada a un espectáculo o establecimiento a personas con discapacidad, ya que la exención de ese precio constituiría una medida de acción positiva.