Una multa de 60 euros por un tique de la zona azul que el operario de la concesionaria del servicio consideró inválido al no corresponder con la matrícula del coche estacionado. El origen de la confusión es que la propietaria posee dos vehículos y, por error, introdujo la matrícula de uno de ellos cuando el coche que quería estacionar era el otro. Un error «bastante lógico e incomprensible», según la juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 26 de Madrid. En la capital española fue donde se produjo la sanción a la conductora. El abogado ilicitano que llevó el caso, familiar de la mujer, asegura que quieren dar a conocer el fallo para «que la gente sepa que estas multas se pueden recurrir y se pueden ganar, porque muchas veces se dejan pasar porque el importe de la sanción es inferior al gasto judicial que puede acarrear», apuntó Gabriel Padilla, el letrado que llevó la defensa.

Y es que, aunque en este caso la mujer se ahorró el abogado, al ser familiar suyo, las costas solo en la defensa pueden ascender a los 200 euros. Sin embargo «este tipo de recursos también se pueden interponer por la vía administrativa y en el peor de los casos la mayoría de seguros de automóvil incluye la defensa jurídica de hasta cerca de los 600 euros».

El hecho de que la mujer pagara la cuantía y no sobrepasase el límite de tiempo que había abonado hace que desde el juzgado «no se aprecie que la recurrente haya incurrido del principio de culpabilidad exigido en el ámbito del Derecho Sancionador, puesto que lo determinante es que pagó el tique del estacionamiento, con lo cual cumplió con la normativa, siendo injusto que por un error fuera sancionada, cuando su intención era cumplir la normativa. De hecho lo hizo, abonando el importe del tique por estacionar un vehículo».

Se trata de un caso sencillo, en el que un simple error acarreó una sanción el 27 de abril de 2015. En este tipo de casos, como también recuerda la magistrada en su sentencia, suele acudirse al principio filosófico de la «navaja de Ockham, según el cual, en igualdad de condiciones, la explicación más simple suele ser la más probable»: en este caso, que la mujer se equivocó e introdujo en el tique la matrícula de su otro coche, por error».

Sin autoridad

Otra de las cuestiones que recoge la sentencia y que abre las puertas a que los ciudadanos puedan reclamar sanciones relacionadas con la zona azul es la jurisprudencia a la que hace referencia y por la que asegura que los controladores de la ORA no son considerados agentes de la autoridad, «resaltando que su simple denuncia equivale a la denuncia de un particular, y al no ser ratificada por pruebas posteriores, no tiene fuerza para acreditar los hechos denunciados». Es decir, tal y como sostiene el abogado Gabriel Padilla, que el testimonio de los agentes de la ORA tienen la misma validez que la del ciudadano, al ser considerados meros testigos, por lo que en igualdad de condiciones y sin pruebas gráficas o documentales de la infracción, la palabra del controlador y la del recurrente, están al mismo nivel.