Los tiempos cambian, las sociedades avanzan y las leyes tienen que adaptarse a esos cambios. La reforma de Código Penal que entró en vigor a mediados del año pasado introdujo en nuevo artículo donde condena expresamente el «stalking», un término ingles que podría traducirse como un acoso permanente. En ocasiones puede incluso considerarse hasta un trastorno psicológico, por el que un sujeto se obsesiona por una persona hasta tal punto que el acoso se vuelve insoportable. Llamadas de teléfono, cientos de mensajes, whatsapp, cartas, persecuciones por los lugares que frecuenta la víctima... son solo algunos ejemplos de hasta dónde pueden llegar estos comportamientos. El término nació en EE UU para describir el acoso que en muchas ocasiones sufren famosos o políticos, pero la Fiscalía de Violencia de Género de Elche ya ha empezado a aplicar este nuevo artículo del Código Penal a las personas, generalmente hombres, que acosas a sus exparejas al no aceptar la ruptura sentimental, hasta el punto de que estas conductas afecta al día a día de quien sufre este acecho constante. Ya sea por miedo, ansiedad o incluso porque el acosador contacta con miembros de su familia, acude a su lugar de trabajo o a su círculo de amistades para hablar con ella, interfiriendo en su rutina. El hecho de que sea considerado casi un trastorno no es casual. De hecho, este tipo de persecuciones es frecuente en personas que poseen alguna discapacidad psíquica, más propensos a estas obsesiones compulsivas. En lo que va de año, la Fiscalía ya a formulado hasta seis escritos de acusación aludiendo a este nuevo artículo del Código Penal.

Por sí mismo

La novedad es este caso, es que permite juzgar el acosos como pieza independiente y por sí mismo, mientras que si hay amenazas, coacciones u otras tipología delictivas derivadas de estas acciones, se juzgarían por separado.

Pese a que en la mayoría de casos las penas pasan por órdenes de alejamiento y trabajos en beneficio de la comunidad, en las situaciones más graves el acoso puede acarrear penas de prisión. Es el caso de una de las últimas denuncias que ha entrado en la Fiscalía de Violencia de Género.

El acosador había enviado decena de mensajes a su expareja, para verla y continuar con la relación. La chica no contestó a ninguno, pero el acoso no cesó ni tras bloquearle. El acusado conocía por dónde se movía, qué hacía y donde trabajaba. Y por si fuera poco, la madre también contribuía con la persecución a la expareja de su hijo. Por eso, se le pide un año de prisión y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de su domicilio y lugar de trabajo.

La Fiscalía pretende que se dé a conocer este delito para que las afectadas denuncien y los acosadores se lo piensen dos veces. Para tramitar la denuncia es necesario comprobar los mensajes, por lo que se insta a que no se borren hasta interponer la denuncia y ser revisados por las autoridades.