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Elche levanta la restricción para instalar tanatorios en solares a menos de 200 metros de centros educativos

Un informe municipal recomendaba, ante las limitaciones urbanísticas existentes, suprimir esta prohibición de proximidad para facilitar el asentamiento de más servicios de este tipo y siempre sin horno de incineración

El Ayuntamiento de Elche ha eliminado recientemente la prohibición de instalar tanatorios sin crematorio a menos de 200 metros de guarderías, colegios y otros centros educativos como estaba establecido hasta ahora. Se modifica así la normativa urbanística, en concreto parte del artículo 145, para propiciar la llegada de nuevas firmas dedicadas a esta actividad.

Un informe municipal, que valora hasta tres escenarios posibles, recomendaba de hecho optar por la opción en la que los tanatorios, sin crematorio, sean admisibles a partir de ahora también en manzanas donde no está autorizado el uso de vivienda no limítrofes con guarderías, centros escolares o suelo dotacional educativo salvo que se sitúen en la fachada opuesta y no sobrepasen el eje transversal de la manzana, sin que exista posibilidad de que uno y otro centro o instalación puedan quedar enfrentados ni siquiera por la fachada posterior.

Así las cosas se persigue facilitar el asentamiento de nuevos tanatorios, siempre que sean sin servicio de crematorio, en parcelas de uso industrial, que no den a inmuebles destinados a viviendas, pero sí en parcelas cercanas a complejos educativos, siempre que a ambas instalaciones no se acceda por el mismo viario, ni queden enfrentadas.

El primero de los escenarios contemplados recogía dejar las cosas como estaban, es decir, no modificar nada. La siguiente alternativa llegaba incluso a plantear que estos tanatorios sin crematorio también puedan asentarse en zonas aunque en las manzanas limítrofes existan viviendas y den frente a carreteras o viarios que las sustituyan.

«Esta opción amplía mucho la posibilidad de implantación de nuevos tanatorios en el término municipal de Elche, (...) pero puede suscitar rechazo social ya que permitiría construir un tanatorio sin crematorio junto a manzanas de uso residencial», según se advierte en el informe municipal.

Finalmente, la tercera alternativa era aquella que elimina la restricción de levantarse este tipo de servicios a menos de 200 metros de recintos educativos.

«Esta opción intermedia se considera la más adecuada porque amplía bastante la posibilidad de implantación de nuevos tanatorios en el término municipal de Elche y, a su vez, garantiza una separación de las manzanas o zonas residenciales», se apunta en el documento municipal.

Esta iniciativa para modificar la normativa urbanística en cuanto a este tipo de actividades surge a raíz de un escrito presentado hace casi dos años por el representante de un conjunto de empresarios con interés en instalar un nuevo tanatorio en Elche, en el cual señalaba que la actual redacción del artículo 145 de la normativa urbanística del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que data de 1998, hacía muy difícil la disponibilidad de terrenos en los que se autorizaría este uso.

La nueva modificación que llega ahora propone además diferenciar las exigencias de ubicación entre un tanatorio con o sin servicio de crematorio, dado que, en caso de no disponer de este servicio, la autorización de esta actividad sanitaria-asistencial no implica efectos singulares sobre el medio ambiente y el territorio al no disponer de horno de incineración de cadáveres.

Actualmente, el municipio ilicitano cuenta con dos tanatorios. El de Carrús, que sí que cuenta con servicio de crematorio y está ubicado en el polígono del mismo nombre, fue construido entre los años 1988 y 1990. El otro, el tanatorio de L'Aljub, sin servicio de crematorio, se asienta en la avenida de Crevillent, y fue construido entre los años 2000 y 2004. Desde el año 2004 y hasta hace dos años no se ha presentado ninguna solicitud de licencia para esta actividad en el término municipal de Elche, según fuentes municipales.

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