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Nueva ordenanza del ruido

Las vigas de locales con música tendrán que amortiguar las vibraciones

Los requisitos se aplicarán a los futuros espacios que pidan licencia - Los negocios tendrán entre 6 y 12 meses para instalar limitadores

Un cartel de un establecimiento de ocio del centro de Elche solicitando respeto a los vecinos que descansan. ANTONIO AMORÓS

El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Elche confía en que su nueva normativa para combatir el ruido entre en vigor a finales de este año, una ordenanza que introduce requisitos arquitectónicos y de edificabilidad más exigentes en favor de un mejor aislamiento acústico de los inmuebles, sobre todo para los futuros locales que se vayan a destinar, entre otros fines, a ofrecer música ambiente, principalmente discotecas, salas de fiestas, karaokes, tablaos, pubs y bares de copas, pero también para el resto de edificaciones que sean habitables.

El borrador de la denominada ordenanza de protección contra la contaminación acústica incluye un capítulo con las normas relativas al aislamiento acústico y contra vibraciones en la edificación. Según el concejal de Aperturas, Carlos Sánchez, se introducen nuevas medidas para la amortiguación de las vibraciones, sobre todo en lo que se refiere de cara las vigas, y se regulan los llamados ruidos de impacto, como el taconeo, el golpeo o las emisiones de baja frecuencia en negocios que cuenten con música.

Así las cosas, las condiciones acústicas exigibles a los diversos elementos constructivos que componen la edificación y sus instalaciones deben impedir que en éstos se sobrepasen niveles de perturbación regulados en esta nueva ordenanza municipal.

Los nuevos requisitos técnicos en cuanto a su edificabilidad o reforma se exigirán a los locales que pidan licencia a partir de que entre en vigor la nueva ordenanza, no a los que ya están construidos. «Las actividades e instalaciones industriales, comerciales o de servicios, así como aquellas sujetas a la normativa específica de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas con licencia otorgada con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ordenanza, deberán adaptarse a lo dispuesto en ésta, (...) excepto las licencias de obra emitidas con anterioridad que seguirán rigiéndose por la normativa anterior», según se recoge en el borrador.

Actuar en la cadena de sonido

En este caso hace referencia a otro tipo cuestiones no arquitectónicas como, por ejemplo, la instalación de limitadores-controladores, que tendrán que instalarse en aquellos locales en los que los niveles de emisión musical pueden ser manipulados por los usuarios. Además, estos limitadores deberán intervenir en la totalidad de la cadena de sonido, para que se pueda utilizar como máximo el nivel sonoro emisor que el aislamiento acústico del local le permita. El limitador deberá cortar el funcionamiento del equipo de reproducción sonora fuera del horario permitido según su licencia de actividad.

Para la instalación de estos limitadores, según a qué se dedique cada establecimiento, habrá un margen de entre 6 y 12 meses de moratoria a partir de que esté vigente la nueva normativa.

En cualquier caso, el aislamiento acústico a ruidos externos exigible a las fachadas, cubiertas, forjados sobre zonas porticadas abiertas, y a cualquier cerramiento exterior del edificio que sea susceptible de recibir presión acústica de la vía pública, se incrementará en función del nivel en el ambiente exterior, hasta garantizarse que en los recintos habitables no se sobrepasen los niveles de perturbación regulados en esta nueva ordenanza.

La nueva normativa sustituirá a la actual y vigente ordenanza de protección contra la contaminación acústica por ruidos y vibraciones que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 12 de julio del año 2012.

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