FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a los cines ABC Elx de Elche, ante el Servicio Territorial de Comercio y Consumo de la Generalitat Valenciana por no permitir a los usuarios el acceso con bebida y comida adquiridas fuera de las instalaciones. La asociación también ha remitido su denuncia a la Agencia de Seguridad y Respuesta a las emergencias, dependiente de la Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana.

FACUA ha tenido conocimiento, tras la advertencia de algunos usuarios, de que en dichas salas se ha impedido el acceso a personas que han querido acceder con comida y/o bebida comprada fuera de las instalaciones. En la entrada del cine han publicado un anuncio que indica: "Se prohíbe la entrada con productos procedentes del exterior" y un dibujo de una hamburguesa y un refresco con un círculo de prohibición superpuesto.

La asociación recuerda que si el cine permite el consumo de alimentos y bebidas en sus instalaciones, es abusivo que no permitan que procedan del exterior, dado que su actividad principal no es la venta de tales productos, sino la exhibición cinematográfica. La medida de no permitir alimentos sólo tiene sentido si se trata de un restaurante, por ejemplo, dado que su actividad principal es la venta de estos productos.

FACUA indica en su reclamación que no permitir la entrada en el cine con comida y bebida es una cláusula abusiva prohibida por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. En el artículo 82.1 se recoge que son abusivas aquellas estipulaciones que causen "un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".

Asimismo, la Comisión de Cooperación de Consumo, órgano ejecutivo de la Conferencia Sectorial de Consumo, también se ha pronunciado varias veces en este sentido (consulta 53 de 1998 y consulta 5 de 2000): "las cláusulas en la que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas debe ser considerada abusiva".

Tampoco el derecho de admisión sirve como escudo para este comportamiento, según FACUA. De acuerdo a la normativa autonómica, la de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos regula como derecho de admisión "impedir el acceso y permanencia en un establecimiento público motivado por razones objetivas que puedan impedir el normal desarrollo del espectáculo o actividad o supongan la vulneración de la normativa vigente" y lo limita a las siguientes situaciones: "Los titulares o prestadores deberán impedir el acceso a personas que manifiesten comportamientos violentos, puedan producir molestias a otros espectadores o usuarios, o bien dificulten el normal desarrollo del espectáculo o actividad". Ninguno de los motivos señalados justifica, pues, el ejercicio del derecho de admisión impidiendo el acceso a personas que han adquirido alimentos o bebidas en otros recintos.

FACUA sigue recabando denuncias de usuarios de toda España que se puedan encontrar en situaciones similares a la detectada en el cine ABC de Elche. La asociación solicita a los usuarios que acudan a cualquier sala de cines en las que se establezca dicha prohibición, que lo pongan en conocimiento de esta asociación para formular las oportunas denuncias contra las empresas responsables.