El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha desestimado el recurso contencioso-administrativo que la Comunidad de Regantes El Canal presentó contra la Confederación Hidrográfica del Segura y la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante por el corte de suministro de agua que Riegos de Levante llevó a cabo en marzo de 2014 a los regantes de El Canal por una deuda contraída por la comunidad de base y que a día de hoy sigue sin satisfacerse.

Concretamente, Riegos de Levante reclamaba a El Canal el pago de 740.884 euros por unos conceptos que la comunidad de base no reconocía. Una situación que llevó a la directiva de la Comunidad General, que por aquel entonces presidía Manuel Serrano, a amenazar con suspender el uso del agua hasta que se abonase la deuda pendiente. Una amenaza que se materializó el 4 de marzo de 2014, generando una gran crisis en el campo, ya que 6.700 agricultores se quedaron sin agua durante unos días, hasta que la comunidad general decidió devolver el suministro.

Esta decisión fue recurrida por El Canal con un recurso que, finalmente, ha sido desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Concretamente, El Canal recurrió contra la resolución de 28 de febrero de 2014 dictada por la presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura, que, a su vez, desestimó el recurso de alzada interpuesto por la Comunidad de Regantes El Canal, solicitando la revocación de la prohibición de uso del agua a El Canal, según un acuerdo adoptado por la asamblea general de Riegos de Levante el 22 de febrero de 2016.

La sentencia del TSJ recuerda que la distribución de agua para riego procedente de concesiones y derechos satisface una necesidad que representa un interés público, y para su desarrollo ha de contarse con las aportaciones de las comunidades de base que integran la Comunidad General, y, si no se aportan las liquidaciones, el servicio se colapsa por falta de ingresos.

En este sentido, la Sala de lo Contencioso-Administrativo añade que el presupuesto de ingresos y gastos de la Comunidad General se sustenta con el aporte proporcional de las comunidades que lo integran, a través de la cuota de derecho de riego que cada una aporta y de las liquidaciones mensuales que se le presentan por una serie de gastos variables. Ahí se destaca que «los ingresos se ajustan a una previsión anual de gastos, y el impago por parte de una comunidad de una parte del presupuesto pone en grave riesgo la gestión ordinaria de la comunidad general y el pago de compromisos y obligaciones, afectando a los 20.000 agricultores que forman parte de ella.

Teniendo en cuenta estos argumentos, desde el Tribunal Superior de Justicia de Murcia se considera que «hay proporcionalidad entre el hecho (el impago) y la medida (corte de agua) que pone en riesgo la prestación del servicio y por tanto el interés general que satisface».

La sentencia del TSJ no es firme y sobre la misma cabe recurso de casación a interponer en la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

Se da la circunstancia de que la Comunidad de Regantes El Canal estaba presidida en aquella época por Javier Berenguer, que en la actualidad también está al frente de la Comunidad General de Riegos de Levante. Preguntado ayer por este asunto, Javier Berenguer indicó que la sentencia «será abordada en los órganos internos de la comunidad».