Un hombre ha sido condenado en Elche por un delito contra la seguridad del tráfico por haberse sentado en medio de la calzada entre la Comisaría de la Policía Nacional y el colegio El Palmeral, resistirse a ser reducido, echar a correr y volver a cortar la circulación de nuevo sentándose en plena vía en una rotonda a las puertas de las instalaciones policiales. Los hechos ocurrieron una tarde de agosto de 2011, apenas minutos antes de las 17 horas, cuando el hombre salió hecho una furia de la Comisaría, al parecer cabreado porque tenía que ir a recoger su documentación a la Policía Local. Dando portazos, zarpazos y patadas al aire... así llegó hasta la calle, donde comenzó por tirar una mochila en medio de la vía, de un carril en cada sentido, y acabó por sentarse encima.

Ante esa situación, en la que estuvo cerca de ser atropellado por un autobús, interrumpió el tráfico y se negó a ser identificado y reducido por tres agentes de Policía Nacional, de quienes intentó zafarse, volviendo a generar la misma situación en la rotonda. En este caso, muy cerca estuvieron dos coches de chocar entre sí cuando se volvió a sentar en el suelo. Mientras le engrilletaban, empujó a un policía contra una palmera, provocándole una herida.

Resistencia

El hombre llegó al juicio acusado por un delito de resistencia por el que el Fiscal pedía un año de prisión y por una falta de lesiones, y ha acabado siendo condenado por dos delitos. En concreto, por resistencia a los agentes de la autoridad (a una multa de ocho meses a razón de 6 euros, es decir, 1.440 euros) y por un delito contra la seguridad del tráfico, puesto que se le ha aplicado un delito que castiga la colocación de obstáculos imprevisibles en medio de la calzada, generando un grave riesgo para la circulación. Él mismo ha sido considerado ese un objeto imprevisible, lo cual convierte la sentencia en algo novedoso, o al menos inusual, puesto que la mayoría de delitos relacionados con el tráfico están pensados y se suelen aplicar a conductores, no tanto a peatones.

El condenado, F. E. C., ha sido condenado por este segundo delito a una multa de doce meses por 6 euros diarios (2.160 euros) y a diez días de trabajos en beneficio de la comunidad. Aún podía haberle salido más caro, pues el Código Penal contempla por este delito penas de prisión de seis meses a dos años o multas de 12 a 24 meses. Por otro lado, indemnizará al agente con 60 euros.