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Las demandas por la cláusula suelo en hipotecas coparon el juzgado en 2015

La gran mayoría de casos acaban a favor del consumidor, sea por sentencias o por acuerdos

Las demandas por la cláusula suelo en hipotecas coparon el juzgado en 2015

Las demandas de consumidores pidiendo que se anulen las cláusulas suelo de sus hipotecas supusieron en 2015 el grueso de la carga de trabajo del Juzgado de lo Mercantil 3 de Alicante, con sede en Elche. Más de 200 son un número muy destacado de asuntos en relación con el volumen de entrada de otras materias, pero también son solo la punta del iceberg teniendo en cuenta que en el partido judicial de Elche viven unas 300.000 personas, muchas seguramente con préstamo hipotecario.

De enero de 2013 a marzo de 2016, en el juzgado han entrado 336 asuntos de esta naturaleza (aunque desde octubre de 2015 deben presentarse por un cambio legislativo reciente en Primera Instancia), pero la gran «avalancha» fue en 2015, según explica el letrado de la Administración de Justicia (antes secretario judicial), Jorge Cuéllar. «En los últimos años ha crecido de manera evidente el número de demandas, se convirtió en el asunto estrella, porque ha quedado claro que estas cláusulas son abusivas si quien firma es un consumidor sin conocimientos», aunque irán bajando porque cada vez hay más acuerdos extrajudiciales.

Aproximadamente el 40% de demandas que han llegado a Elche acabaron en sentencia estimatoria total o parcial en contra del banco, en el 40% se alcanzaron acuerdos homologados (en los que el banco accede a pagar y el cliente asume las costas) y el restante 20% de se desestimaron por cuestiones ajenas al fondo del asunto (falta de competencia del juzgado) o cuando el cliente sí negoció lo que firmaba.

La abogada Magdalena Rico, de la plataforma «Eliminar Cláusula Suelo», señala que las demandas prosperan en el 95% de casos cuando se trata de un consumidor que no entendió que le limitaban la variabilidad del tipo de interés y que no recibió información precontractual (una oferta vinculante), puesto que la cláusula suelo es legal siempre que no haya opacidad. «La gente no debería tener miedo de demandar; según nuestra experiencia, en una hipoteca de 120.000 o 150.000 euros, se ha pagado por esta cláusula entre 6.000 y 10.000 de más», estima.

Las cláusulas suelo establecen un mínimo de interés que se aplicará al préstamo por mucho que baje el índice de referencia. Ese porcentaje se negocia, pero en muchas hipotecas vino prefijado, sin que el cliente entendiera en qué consistía. A medida que se sentenciaba en contra, el secretario judicial plantea que «algunos bancos las eliminaron desde el principio, otros la quitaban con la condición de que el cliente pagara los gastos... Mi opinión es que quien acude a los tribunales suele obtener una resolución favorable, pero los bancos son reacios porque pierden menos arriesgándose a que solo unos pocos clientes presenten demandas».

Y es que la cláusula se anula y se devuelve todo el importe cobrado indebidamente desde mayo de 2013 (desde que así lo estableció el Tribunal Supremo en una sentencia): «La actitud tradicional era que los bancos no la eliminaran de forma voluntaria, obligaran a acudir al procedimiento judicial, que formularan oposición, no se sometieran a acuerdos y recurrieran hasta el final... Incluso hemos tenido que llegar a ejecutar las sentencias y en algún caso excepcional a embargar al banco», plantea Jorge Cuéllar, quien añade que cada vez más, llegan a acuerdos en audiencia previa (sin llegar a juicio) porque el resultado está bastante claro.

Otra cosa son las costas, que suman unos 3.000 euros, y que los bancos también están siendo condenados a pagar cuando se estima íntegramente la demanda del cliente, pero no tanto si los consumidores piden la devolución desde la fecha de la firma de la hipoteca.

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