Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Supremo constata irregularidades en La Portalada pero descarta que sean delito

La sala estima el recurso de casación interpuesto por dos apoderados y el liquidador de la firma

El Supremo constata irregularidades en La Portalada pero descarta que sean delito

El Tribunal Supremo ha estimado los recursos de casación interpuestos por dos miembros del consejo ejecutivo y apoderados de la empresa que construyó y vendió las viviendas de La Portalada y del liquidador de la sociedad, a quienes la Audiencia Provincial había condenado por delito societario de administración desleal a penas de 15 meses de prisión (cuatro en el caso del tercer acusado) y a pagar indemnizaciones al resto de socios que sumaban 34 millones de euros. La sentencia de la Sala de lo Penal reconoce que la empresa ilicitana no fue bien administrada y constata «un modo empresarial de proceder connotado por una llamativa irregularidad, sin duda antieconómico, en su conjunto, debido a cierta ausencia de profesionalidad en materia de gestión de negocios de edificación y por la anómala duración de todo el proceso», haciendo hincapié en que se demoró durante 12 años la edificación y venta de los chalés del residencial, lo que incidió negativamente en la sociedad haciendo variar mucho los precios a lo largo del tiempo. La sentencia habla de desajustes contables, de uso de dinero negro para pagos y para cobros, de la existencia de una «contabilidad B» y, en definitiva, de un modo de proceder «caótico», pero concluye que eso no es suficiente para atribuir responsabilidad criminal a los condenados por la Audiencia.

Es por ello que les absuelve y deja sin efecto las indemnizaciones que tenían que pagar a otros cuatro socios, miembros de la misma familia, a quienes la Audiencia había reconocido el derecho a recibir cada uno 8,5 millones de euros. El Tribunal Supremo incide en que algunos de los familiares y socios de la empresa que ejercen la acusación particular ratificaron en Junta General las gestiones del liquidador hasta 2006, o que la sociedad tenía otros administradores de hecho y de derecho, que participaron o pudieron vetar los precios de venta de las casas, así como que las reuniones familiares para tomar decisiones sobre la gestión eran periódicas y sin acta, algo que dificulta la prueba de la autoría de los presuntos delitos, que son además difusos e imprecisos.

La querella fue interpuesta por cuatro socios que representaban el 15% del capital social en 2006, por los presuntos delitos de apropiación indebida, delito societario de administración desleal, falsedad documental y delito societario de denegación de información. La sentencia de la Audiencia estimó que se habían producido por parte de L.T.C. y L.T.C. -dos de los socios con mayor capacidad de gestión- actos en perjuicio de los intereses de la sociedad y del resto de socios, como ventas para sí mismos o sus familiares muy por debajo el precio de mercado (hasta un 68% inferiores), cargos de costes o personal injustificados, manipulación de la contabilidad y desviaciones de dinero. Atribuyó asimismo al liquidador, A.J.M.T., responsabilidad criminal como cooperador necesario. En el mismo fallo absolvió a otros tres acusados. La Fiscalía solicitó al término del juicio la absolución de todos, una postura que el Supremo considera ahora que fue acertada, incidiendo en que los hechos probados no son constitutivos de delito.

75 viviendas

Según recogen las resoluciones judiciales, la sociedad La Portalada se constituyó en 1987 inicialmente como sociedad anónima, se transformó en sociedad de responsabilidad limitada en 1992, y construyó junto a la Circunvalación Sur y en cuatro fases 75 viviendas unifamiliares que se vendieron (además de algunas parcelas sin construir) entre 1991 y 2002. La empresa fue constituida por tres ramas de la misma familia y con la intervención de tres generaciones diferentes, y a lo largo de los años acumuló perdidas que alcanzaron los 6,5 millones de euros. En el año 2006 se acordó su liquidación.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats