El Ministerio Fiscal ha pedido al Juzgado de Instrucción 4 de Elche que abra juicio oral contra unos padres por dar cocaína a un bebé de diez meses, apenas medio año después de haber recuperado la patria potestad para la cual se les había inhabilitado tras el nacimiento del niño. Precisamente, se decretó el desamparo del menor al día siguiente de su nacimiento, en agosto de 2013, porque los médicos del hospital detectaron que presentaba síntomas compatibles con un síndrome de abstinencia de esta sustancia, y al realizarle análisis comprobaron que arrojaron resultado positivo. El fiscal considera, en consonancia con el criterio médico, que la madre consumió cocaína durante el embarazo con absoluto desprecio por la vida de su hijo.

De este modo, el niño quedó bajo los cuidados de Servicios Sociales hasta que cinco meses después se levantó el desamparo y un Juzgado de Primera Instancia de Alicante reintegró al padre en el ejercicio de la patria potestad. En virtud de esa sentencia, el bebé volvió al domicilio de sus padres en Elche. Apenas seis meses después, en junio de 2014, el bebé volvió ingresar en el Hospital General Universitario de Elche con síntomas que hicieron sospechar a los médicos. Al realizarle nuevos análisis de orina tanto ese día como el siguiente, se detectó de nuevo positivo en cocaína. Al parecer, debió de ingerir la droga y, como consecuencia de ello, quedó ingresado durante cinco días y fue necesario someterle a un tratamiento que, según los médicos, era imprescindible para evitar un perjuicio mucho más grave para su salud. De nuevo el pequeño fue declarado en desamparo, como se encuentra en la actualidad.

Provisional

Una vez acabada la fase de instrucción, la Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones agravadas y un delito de abandono de familia, y que en la segunda ocasión los padres le pudieron haber suministrado la cocaína de forma consciente. En virtud de esas conclusiones provisionales, y sin perjuicio de que en el juicio el fiscal pueda alterar su posición a la luz de las pruebas y testimonios, solicita para los dos acusados una pena de cinco años de prisión por el primer delito y seis meses por el segundo, además de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento por un periodo de diez años y prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse con el pequeño durante cinco años.