El Tribunal Supremo ha aceptado parcialmente el recurso de casación interpuesto por tres hombres condenados por la Audiencia Provincial en Elche y ha reducido en un año y medio las penas (de entre siete años y seis años y medio de prisión) por un delito de detención ilegal por mantener encerrada a una menor de edad embarazada a la que escondieron en Torrevieja y Orihuela Costa en el verano de 2011. La joven, que quedó embarazada de uno de ellos siendo menor de 13 años, residía en Puerto de Santa María y se prestó voluntariamente a ser trasladada a Torrevieja para ocultar su embarazo, pero declaró en el juicio en 2014 que una vez allí había sido encerrada contra su voluntad. Según se da por probado en la sentencia, G.E.O.V. (padre del hombre que había dejado embarazada a la menor, de iniciales O.F.O.M.) la trasladó en coche desde Andalucía hasta Torrevieja, donde la instaló en su casa, en la calle Diego Ramírez Pastor.

Dado que la Policía Nacional estaba investigando sobre su paradero, entre siete y diez días después la trasladaron a otro piso en la misma calle que era propiedad de C.A.O.V., tío y hermano de los otros dos condenados. A partir del segundo día en esa vivienda, la joven fue encerrada con llave y acudieron diariamente para alimentarla. Una mujer, I.L.F., a la que también se condenó a seis años y medio de prisión -y que no ha recurrido-, le suministró píldoras abortivas que la adolescente no llegó a tomar.

La menor fue de nuevo llevada al primer domicilio para burlar a la Policía, y finalmente instalada en un apartamento alquilado en una urbanización en construcción en Orihuela Costa, donde la dejaron encerrada, sola, sin luz y durmiendo en el suelo, solo visitándola para llevarle comida hasta que la Policía Nacional la localizó y, con la ayuda de efectivos de Bomberos, la liberó por una ventana.

El Supremo matiza la sentencia de la Audiencia en el único sentido de que el encierro de la joven no duró 25 días, sino menos de 15, porque en la primera vivienda no estaba encerrada bajo llave. Por ello, las penas deben ser de cinco años y medio para los dos primeros condenados y de cinco años para los otros dos. Un juzgado de Cádiz instruye por otro lado una causa por posible delito de abusos sexuales.