El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir a trámite un recurso de amparo presentado por un hombre y su hijo contra un desahucio de vivienda acordado por un juzgado de Elche al considerar que no está «debidamente justificada» la «especial trascendencia constitucional» del mismo. Así consta en una resolución de la sala primera de la sección segunda de la alta institución judicial notificada a los afectados el pasado mes y a la que ha tenido acceso EFE. El juzgado había suspendido provisionalmente la ejecución del desahucio después de que los afectados recurrieran al TC con el argumento de que no se les había notificado el procedimiento de ejecución hipotecaria hasta la última fase, la de lanzamiento, lo que consideraban una vulneración de sus derechos fundamentales.

Los hechos se remontan a 2005, cuando el hijo adquirió un piso en Elche y suscribió con la antigua CAM un préstamo hipotecario, pero abandonó el inmueble en 2010 para irse a vivir con su padre al domicilio de éste, en Alicante, y dejó de pagar las cuotas a la entidad porque se había quedado en paro.

El pasado 19 de junio, el padre recibió una comunicación donde se le informaba del lanzamiento de su vivienda de Alicante para el 20 de julio siguiente, domicilio este último que figuraba como aval de la hipoteca contratada por el hijo para la casa de Elche. Según los afectados, ésta es la primera y única noticia que hasta ese momento habían tenido de la existencia del procedimiento de ejecución hipotecaria, a pesar de que el juzgado de Primera Instancia número 4 de Elche incoó la causa en 2012.