Teresa F. S. fue catalogada tras denunciar en agosto de 2013 como posible víctima de violencia de género con un nivel de intensidad de riesgo «bajo» según un sistema automatizado experimental policial, el Sistema Integrado de Violencia de Género. Eso supuso que además de las medidas de seguridad que corresponden a las mujeres de riesgo «no apreciado» (que son las mismas que las medidas policiales de tipo operativo y asistencial de cualquier otro ciudadano denunciante, especialmente en lo relativo a información de derechos y recursos a su disposición), a la mujer se le asignaron otras medidas de seguridad obligatorias, a saber facilitarle un teléfono de contacto permanente y 24 horas con las fuerzas y cuerpos de seguridad más próximas, contactos telefónicos esporádicos, comunicación al agresor de que ella disponía de un servicio policial de protección, información sobre el servicio de teleasistencia móvil y recomendaciones sobre autoprotección y modos de evitar incidentes. Además, fue asistida por el Equipo de Violencia de Género y del Menor de la Policía Local de Elche (EVIME) y, tal y como confirmó ayer el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, se arbitró como medida cautelar una orden de alejamiento de 500 metros. Todo ello acabó cuando el Juzgado de lo Penal número 1 de Elche absolvió al hombre al no quedar acreditados los hechos denunciados. e. g. b.