La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) da parcialmente la razón a Francisco Murcia Sansano, en la sentencia 455/2012 que anula un fallo judicial anterior que desestimó, la reclamación del denunciante de responsabilidad patrimonial presentada con motivo de la asistencia médica dispensada en el Hospital General de Elche.

El TSJCV considera ahora "contraria a Derecho" la desestimación. Por ello, reconoce el derecho del recurrente a ser indemnizado con 10.000 euros más los correspondientes intereses legales desde la fecha de la reclamación hasta el día de su pago.

Los demandados, la Generalitat Valenciana y HDI Hannover International España SA deberán hacer efectiva la cantidad económica aunque, al no ser la sentencia firme cabe contra ella un recurso de casación.

El recurso ganado por Francisco Murcia Sansano, le da la razón en cuanto a su reclamación de responsabilidad patrimonial presentada con motivo de la asistencia médica dispensada en el Hospital General de Elche donde fue objeto de dos intervenciones quirúrgicas en los días 14 y 25 de octubre de 2005 para la reducción de luxación astargalo-escafoides de pie izquierdo y de osteosíntesis con injerto fractura-calcáneo. El denunciante solicitó una indemnización de 71.209 euros más los intereses legales.

La sentencia da el respaldo a la exigencia de responsabilidad patrimonial a la Administración, en este caso por "anormal funcionamiento del servicio público". Al respecto se indica que la evolución tórpida del paciente se debió "a la falta de diagnóstico de la infección existente, y al aislamiento e identificación del germen para instaurar el tratamiento adecuado".