El juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia ha dictado una sentencia favorable a la Comunidad de Regantes de Carrizales en una demanda formulada por el colectivo contra dos particulares que "pretendían utilizar la marca identificativa para su uso individual, obstaculizando al mismo tiempo el proyecto colectivo que proponía Carrizales", según el colectivo.

Desde la entidad recuerdan que el contencioso se inició en 2009, cuando la Comunidad de Regantes de Carrizales aprobó la creación del "Parc Natural Agrari Els Carrissals", con el que se creaba una marca de calidad para la puesta en valor de los productos cultivados en este territorio y los diferenciaba de otros en los mercados, abanderando este proyecto el famoso melón de Els Carrissals.

No obstante, dos particulares con tierras en Carrizales se opusieron "con base a su marca anterior, El Carrizal". "Tras un infructuoso intento de negociación con los oponentes", la Comunidad de Regantes de Carrizales entabló un contencioso, argumentando, la "mala fe" con la cual se solicitó la marca El Carrizal y la imposibilidad de registrar como marca individual un signo identificativo de una determinada zona geográfica famosa para los productos que dicho signo pretende distinguir. El juez ha dado ahora la razón al colectivo que seguirá comercializando productos bajo la marca "Carrissals".