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HEMEROTECA » |
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) asegura que no es suficiente con la estancia ilegal en España para justificar una expulsión, sino que el expediente que se incoa por la Subdelegación del Gobierno debe estar suficientemente motivado. En caso contrario, al inmigrante sólo se le puede multar.
Así lo ha resuelto en una sentencia en la que da la razón a un magrebí detenido por el Cuerpo Nacional de Policía en Elche el 22 de octubre de 2005 y al que le constaba una detención en Murcia por un robo con violencia o intimidación. Al inmigrante se le denegó el 16 de junio de ese año una solicitud de normalización y recurrió dos meses más tarde. El TSJ entiende que si la Subdelegación pretende expulsarse debe justificarlo y motivarlo porque para ello cuenta con toda la maquinaria de la Administración.
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