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M. ALARCÓN
El Registro Civil de Elche se ha puesto a dar cita para la entrevista preceptiva que tienen que llevar todos los expedientes de nacionalidad y se ha colocado ya dando fecha para octubre de 2009. La deficiencia de este servicio se debe a que sólo hay un funcionario para esta tarea. Este trabajador se encarga de lunes a jueves de tramitar los expedientes y de atender las numerosas consultas y dudas que se le plantean por los solicitantes con lo cual sólo tiene disponible los viernes para las entrevistas que son, además, la prueba más importante del expediente. Cada viernes se realizan como media diez.
La Dirección General de Justicia tiene previsto poner un sistema automatizado para dar cita a través de teléfono, móvil o internet, pero de momento es sólo un proyecto, aunque sus técnicos ya han mantenido una entrevista inicial con los responsables del Registro Civil -uno de los pocos digitalizados de todo el país- porque se quiere "vender" otros servicios que se realizan en la actualidad de forma presencial, como son peticiones de partidas de nacimiento o de defunción.
Muchos inmigrantes residentes en la comarca que acuden a interesarse por la documentación necesaria no se muestran disgustados por la tardanza de 17 meses (que irá a más) porque consideran que era peor la situación anterior de hacer cola desde la madrugada y perder la jornada entera. La mayoría son personas que llevan tiempo viviendo en España, su situación está legalizada y quiere consolidarla aprovechando los pocos requisitos que solicita el Gobierno si se compara con los de otros países europeos.
El Registro Civil está tramitando cada año un millar de expedientes de nacionalidad, de los que un 90% son autorizados, que tramita un solo funcionario. La entrevista es un formulario de preguntas y respuestas que el inmigrante que solicita la residencia debe contestar y que, con el paso del tiempo, se ha estandarizado aunque en él no se tiene en cuenta ni las condiciones culturales o sociales de la persona ni tan siquiera si sabe leer. La Fiscalía supervisa a posteriori la entrevista, conoce la opinión del funcionario (que actúa por delegación del magistrado del Registro Civil) y da o no su visto bueno. Entonces, junto con el resto de la documentación, se envía a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.
Para conceder la nacionalidad por residencia legal en España se requiere que ésta haya sido por diez años, aunque para determinados casos los plazos se acortan. Así, serán suficientes 5 años de residencia para los que hayan obtenido la condición de refugiado y de 2 cuando el solicitante sea nacional de un país iberoamericano, de Andorra, Filipina, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardí (judío oriundo de España). El plazo es sólo de un año para una serie de casos entre los cuales el más habitual es el de matrimonio con un español y no estuviere separado o los nacidos fuera de España cuyos padres o abuelos hubieran sido españoles.
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