M. ALARCÓN
L
a titular del juzgado de Primera Instancia 5 de Elche ha estimado la demanda por incumplimiento de contrato presentada por el defensa del FC Barcelona, Oleguer Presas, contra la firma Kelme a la que obliga a pagarle 49.608 euros así como las posteriores contraprestaciones que se generen hasta la rescisión del acuerdo de patrocinio. La empresa y el futbolista firmaron en junio de 2004 un acuerdo de promoción por el cual Oleguer cobraría una serie de cantidades en función del número de encuentros disputados. El pasado año Kelme decidió de forma unilateral rescindir el acuerdo después de que el jugador publicara una tribuna en un diario vasco sobre la situación del terrorista De Juan Chaos (en aquellos momentos en huelga de hambre); y criticara la actuación del Estado. La empresa se acogió a una cláusula según la cual tenía la posibilidad de romper el contrato por la supuesta repercusión negativa de estas declaraciones.
La magistrada considera en la resolución que Kelme no ha probado en el proceso que Oleguer le haya causado un perjuicio porque ni tan siquiera aportó la tribuna original de éste sino comentarios realizados a posteriori por otros medios de comunicación. Kelme, además, tampoco aportó prueba alguna de que las manifestaciones del futbolistas hubieran tenido consecuencias sobre sus ventas.
La sentencia añade que en cualquier caso las ideas y expresiones del futbolista no se manifestaron por primera vez en 2007 con aquella tribuna, sino en 2004, antes incluso de la firma del contrato, por lo cual entiende la magistrada que Kelme sabía con quién estaba firmando aquel contrato.