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La última oportunidad para reclamar las cuotas de la CAM

El próximo 31 de marzo caducará la posibilidad de solicitar la anulación de la compraventa

Una de las protestas por las cuotas de la CAM. rafa arjones

Se acaba el tiempo para que los afectados por las cuotas participativas de la CAM puedan reclamar en el juzgado la devolución del dinero invertido, al menos para aquellos que pretendan alegar que fueron engañados para adquirir estos polémicos títulos, ya que no tenían los conocimientos financieros necesarios, que son la mayoría. Será el próximo 31 de marzo, cuando se cumplirán cuatro años desde que la Fundación CAM -titular nominal de las cuotas- comunicó oficialmente a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la amortización a cero euros de estos valores, el plazo máximo que establece la legislación para solicitar la anulación de un contrato por «vicio de consentimiento».

De esta forma, quienes todavía se lo estén pensando deberán darse prisa ya que, pasado este plazo, lo más probable es que el juzgado directamente rechace la demanda por prescripción, según las fuentes jurídicas consultadas. De hecho, los bufetes especializados ya están engrasando su maquinaria para captar el mayor número posible de clientes antes de que acabe el plazo.

Al respecto, como ya avanzó este diario el pasado mes de julio, algunos juzgados ya habían empezado a denegar la devolución del dinero al considerar que ya había caducado la posibilidad de reclamar. Esto se debe a que la legislación establece que el citado plazo de cuatro años empieza a contar desde el momento en que el afectado es consciente del supuesto engaño, lo que está abierto a interpretación. Por ejemplo, algunos tribunales establecían esa fecha en el momento en que los administradores del FROB comunicaron a la CNMV que las cuotas iban a perder todo su valor, como consecuencia del proceso de reestructuración de la CAM, lo que ocurrió en diciembre de 2011. Otros fijaban fechas intermedias o cuando los afectados habían preguntado en su sucursal por el estado de su inversión y habían descubierto que lo habían perdido todo.

Sea como fuere, el último plazo al que intentaban acogerse todos los afectados era el de la amortización definitiva de las cuotas. Tras muchos titubeos -precisamente, por el temor a las consecuencias legales- el patronato de la Fundación CAM tomó la decisión el día 28 de marzo de 2014 pero no se comunicó oficialmente a la CNMV hasta el día 31, que es el que ahora sirve de referencia.

Como si fueran depósitos

Las cuotas participativas eran títulos similares a las acciones pero sin derechos políticos -sus titulares no podían votar en la asamblea de la entidad- que se crearon para facilitar que las cajas de ahorros pudieran captar recursos en los mercados, como hacen el resto de empresas. Sin embargo, sólo la CAM se atrevió a emitirlas. Fue en julio del año 2008, cuando empezaba a necesitar liquidez para hacer frente a las pérdidas que le ocasionó su exceso de inversión en el ladrillo.

A través de su densa red de oficinas llegó a colocar estos valores a más de 50.000 clientes, muchos de ellos pequeños ahorradores a los que se vendían junto con un depósito a plazo temporal, lo que llevó a muchos de ellos a engaño. Al tratarse de una figura jurídicamente similar a la de un accionista, la Comisión Europea rechazó que pudieran ser compensados, como ocurrió con los titulares de preferentes de las cajas nacionalizadas, por lo que perdieron todo su dinero.

Para evitar una fuga masiva de clientes, el Sabadell puso en marcha una acción comercial, en la que ofreció a algunos clientes acciones del banco a cambio de que devolvieran los fondos que se habían llevado. Sin embargo, esta acción, al final, sólo alcanzó a una cuarta parte de los afectados.

La Audiencia Nacional abrió una causa penal específica para investigar la venta de las cuotas pero la archivó -aunque ahora el letrado murciano Diego de Ramón ha solicitado reabrirla- e instó a los afectados a reclamar por la vía civil. Una posibilidad que se cerrará el próximo día 31.

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