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La Fundación CAM, sin responsabilidad civil en el proceso por la venta de preferentes

La magistrada Lamela subsana el error por el que había incluido a la heredera de la Obra Social de la caja en la causa

La Fundación CAM, sin responsabilidad civil en la venta de preferentes

La magistrada Carmen Lamela, instructora que la causa que investiga si los evidentes fallos de comercialización de las participaciones preferentes y otros valores de deuda subordinada de la CAM fueron sólo un cúmulo de malas praxis por parte de los empleados o respondieron a una estafa organizada, ha excluido a la Fundación CAM de cualquier responsabilidad civil que pudiera derivarse de este procedimiento.

La magistrada subsana así el «error material» que había cometido al incluir a la heredera de la Obra Social como responsable civil subsidiaria en el auto de apertura de juicio a los exdirectores generales de la caja Roberto López Abad y María Dolores Amorós por la forma en que estos títulos se colocaron a los clientes, quienes en muchas ocasiones creyeron que contrataban un producto similar a un plazo fijo.

En un auto notificado esta semana, la juez recuerda que ya se acordó eximir a la Fundación CAM de toda responsabilidad en abril de 2016, lo que ha ratificado ahora reiterando además la condición de la aseguradora Caser como responsable civil directo y la del Banco Sabadell, como subsidiario.

El juicio contra López Abad y Amorós se abre por los delitos continuados de estafa agravada, publicidad engañosa, fraude de inversiones y maquinación para alterar el precio de las cosas. Una decisión que la instructora adoptó después de dar cerrojazo a la investigación que pretendía averiguar si hubo estafa en la comercialización de las cuotas participativas.

Procedimiento enterrado

Un procedimiento que acabó enterrando la Audiencia al concluir que no se ideó un plan organizado por parte de la dirección de la entidad para obtener liquidez a toda costa, como sostenían los damnificados. Y que aquellos compradores de estos productos que se sientan perjudicados actúen contra los empleados de la caja que se las vendieron en los juzgados territoriales que les correspondan, no en la Audiencia Nacional.

En el auto de apertura de juicio, la magistrada impuso una fianza solidaria de 6.000 euros ya que consideró que la acusación particular representada por el letrado Diego de Ramón no había logrado concretar los motivos por los que reclamaba una indemnización de 11,8 millones para sus representados.

Junto al abogado murciano, que fue quien inició las actuaciones contra los exresponsables de la CAM, también ejerce la acusación la asociación Adicae.

La Fiscalía Anticorrupción, por contra, ya ha presentado su escrito en el que solicita el sobreseimiento de las actuaciones, la misma postura que adoptó en la pieza de las cuotas. Anticorrupción sólo ha mantenido que hubo perjuicio en la comercialización de este producto en el periodo comprendido entre marzo y julio de 2011, cuando las cuentas de la CAM se maquillaron. Un hecho que ha considerado probado el tribunal que juzgó el proceso del falseo contable pero que, por contra, concluyó que no hubo ningún perjudicado por estos hechos. La sentencia ha sido recurrida al Supremo.

En cuanto a las preferentes, unos 75.000 pequeños ahorradores compraron estos títulos pero la mayoría ya fueron compensados al aceptar el canje por acciones que les propuso el Sabadell cuando se hizo cargo de la entidad. De hecho, a día de hoy la mayoría las siguen conservando.

La CAM llego a tener hasta seis emisiones en circulación de obligaciones subordinadas y participaciones preferentes por un importe conjunto de 1.630 millones de euros aunque la que resultó realmente problemática y la de mayor importe fue la que se realizó en 2009, las Preferentes Serie C. Para animar a comprar, la caja ofrecía una rentabilidad del euribor más el 5,9%, lo que ocasionó que titulares de emisiones anteriores exigieran un canje y obligó a la caja a colocar los valores menos rentables a nuevos clientes, lo que acabó agrandando la bola, tal y como recogía la propia juez en base a los informes que le pasó la CNMV, que también ratificó que muchos de los compradores carecían del perfil adecuado para adquirir estos valores.

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