Los cuatro exdirectivos de la CAM condenados por falsear las cuentas de la entidad provocaron un quebranto económico del que deben resarcir a los damnificados. Así lo entiende el fiscal Luis Rodríguez Sol quien, como ya publicó este diario, ha manifestado su intención de recurrir la resolución dictada por el tribunal de la sección Cuarta de la Audiencia Nacional, y así lo ve también el resto de las acusaciones: las particulares y la popular. Por ello, tanto la Fundación CAM como el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) y los los afectados por la compra de cuotas personados en la causa han anunciado ya ante el Supremo la interposición de los recursos que después deberán formalizar.

La sentencia, notificada la pasada semana, condena a los dos últimos directores generales de la entidad, Roberto López Abad y María Dolores Amorós, a tres años de prisión, a 2,9 al exdirector de Riesgos Francisco Martínez y a cuatro al exdirector de Planificación Teófilo Sogorb. A todos ellos les atribuye un delito de falsedad contable al que se añade, en el caso de Sogorb, otro de falsedad en la información a inversores. Un cargo del que sólo le acusaba el Fondo, al igual que a Amorós, pero por el que únicamente ha sido condenado él sumando un año más de prisión, con lo que se da la paradoja de que su pena es más elevada que la de sus superiores.

Sin embargo, pese a que la sala considera probado que los cuatro exdirectivos maniobraron para ofrecer una imagen de la CAM que en nada se correspondía con la real (registraron ganancias cuando se arrastraban unas pérdidas que acabaron con la intervención de la entidad por el Banco de España y su posterior venta al Sabadell), sostiene que no ha quedado acreditado que estas actuaciones provocaran un daño.

Opiniones contrarias

Nada más lejos de lo que piensan los recurrentes. La Fundación CAM, que por una parte ha salido bien parada en este proceso en tanto que estaba citada como responsable civil subsidiaria por la comercialización de las cuotas y de nada tiene que responder a tenor de fallo, se ha quedado, por contra, sin los más de 60 millones que reclamaba como lucro cesante. Es decir, la cantidad que la Obra Social, de la que es heredera, ha dejado de percibir por el hundimiento de la caja.Por recuperar esa cantidad luchará ante el Supremo si formaliza el recurso.

Tampoco el Fondo comparte el criterio del tribunal, que ha echado por tierra su pretensión de recuperar algo más de mil millones de los 5.249 con los que tuvo que sanear a la CAM para poder venderla obviando el alegato de su letrado sobre las entidades sistémicas y su obligación a disponer de unas reservas superiores a las del resto de bancos en aras a garantizar la estabilidad del sistema financiero.

Con todo, el malestar de los cuotapartícipes con la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Francisco Martel, no es menor. Tanto los representados por el abogado murciano Diego de Ramón como los valencianos de Bon Llar y el mallorquín Cristóbal Pons (con 600.000 euros en participativas) sostienen en su recurso que el daño provocado por los condenados es evidente y que deben responder el responsable civil directo (Caser) o los subsidiarios, donde además de la Fundación CAM está el Sabadell.

Ninguna parte cuestiona las cuatro absoluciones.