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Mirar para otro lado

Mirar para otro lado

Mariano Rajoy ha declarado públicamente, no ha mucho, que una de sus virtudes es saber «mirar para otro lado». No voy a negar que, en ocasiones, hacerlo puede llegar a ahorrar muchos problemas; pero la frecuencia con la que el presidente del Gobierno practica esa táctica y, sobre todo, la amplitud de los asuntos a los que, aparentemente, hace caso omiso, resultan de un patetismo alarmante.

La tentación de referirse a cómo afronta los innumerables casos de corrupción que afectan a personas muy relevantes de su partido, mientras estaban en ejercicio del poder, y al propio partido, es muy grande. Pero el objeto de este artículo es constatar que también ha decidido mirar para otro lado ante el inmenso varapalo que ha infligido la Sentencia del Tribunal Constitucional a la Disposición Adicional Primera del Real Decreto Ley 12/2012, por la que su Gobierno aprobó una amnistía fiscal, vergonzosa, disfrazada de declaración tributaria especial.

La exposición de motivos de la mencionada norma, señalaba que «con el fin de reducir el déficit público, se establece una declaración tributaria especial para determinadas rentas»; además, dado que «concurren los requisitos de extraordinaria y urgente necesidad que el artículo 86 de la Constitución Española exige», el Gobierno decidió utilizar la figura normativa del Real Decreto Ley.

Como es sabido, el 8 de junio último, el TC ha declarado inconstitucional y nula la ya citada disposición adicional del mencionado RDL. Y lo ha hecho con la unanimidad de todos sus miembros. ¿Cuál ha sido la reacción del señor Rajoy? Como era de esperar, «mirar para otro lado». No obstante, ha sido inevitable que algunos de sus colaboradores se hayan pronunciado al respecto.

El portavoz del Gobierno ha valorado la sentencia señalando, más o menos, que «nos encontramos tan sólo ante un vicio de forma» (equivale a decir que la amnistía no podía aprobarse a través de un Real Decreto Ley), pero que, el fondo del asunto, esto es, la amnistía en sí misma, «está bien», porque gracias a decisiones, como ésta, que fueron adoptadas por el Gobierno, la economía española se ha recuperado.

En la misma línea, el secretario de Estado de Hacienda, José Enrique Fernández Moya, ha dicho que «el Gobierno ha cumplido con su obligación e hizo lo que tenía que hacer» (o sea, en términos de la opinión del TC, saltarse la ley), y el propio Montoro, ministro del ramo, dice que «no se siente desautorizado» por la sentencia del TC, en la medida que, en su opinión, estaba más que justificada por la «situación límite» en la que se encontraba España en 2012.

En resumen, según la valoración de los autores de la amnistía fiscal, por la que se premió a los defraudadores y, paralelamente, se castigo a quienes cumplen con sus obligaciones fiscales puntualmente, se trató de una medida «desesperada», que estaba absolutamente justificada y, además, era urgente. Veamos.

El RDL se aprobó el 30 de marzo de 2012, pero el ministro de Hacienda no hizo uso de la facultad que le otorgaba el número 5 de la referida disposición adicional para aprobar el modelo de declaración hasta el mes de junio, esto es, algo más de dos meses después. No parece, a la vista de la diligencia con la que actuó el ministro, que fuera tan urgente.

Las impresentables explicaciones dadas por el Gobierno se basan, fundamentalmente, en su interpretación de que la sentencia alude a un mero error formal, cuando, realmente, el tribunal se está expresando en unos términos durísimos respecto a la acción del Gobierno. Para comprobarlo podemos ir al siguiente tenor literal contenido en la misma: «En suma, la adopción de medidas que, en lugar de servir a la lucha contra el fraude fiscal, se aprovechan del mismo so pretexto de la obtención de unos ingresos que se consideran imprescindibles ante un escenario de grave crisis económica, supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos (artículo 31.1 de la Constitución Española). Viene así a legitimar como una opción válida la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar, de acuerdo con su capacidad económica, colocándolos, finalmente, en una situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir».

No parece que el TC considere, simplemente, que estamos sólo ante un mero defecto formal. Por ello resulta humillante, para quienes atienden sus obligaciones tributarias, que el Gobierno haga una lectura tan laxa, que, eso sí, beneficia y premia a los defraudadores.

En opinión del Gobierno, la medida era «imprescindible y desesperada», con la finalidad de reducir el déficit público, en una situación, prácticamente, de catástrofe nacional. Lo cierto es que, desde la perspectiva de la reducción del déficit, la amnistía fue un fracaso mayúsculo. El Gobierno favoreció a los evasores fiscales con una tasa impositiva del 10% de las cantidades defraudadas (no olvidemos que, el tipo marginal máximo al que se veían sometidos los ciudadanos que cumplían con sus obligaciones, estaba situado en torno al 50%; que, seguro, es el que habrían tenido que saldar sus cuentas quienes se acogieron a la «declaración tributaria especial»).

No obstante, ante la falta de respuesta de los evasores, el Gobierno se vio obligado a ablandar todavía más las condiciones, de forma que esa tasa del 10% se aplicó, exclusivamente, a los ingresos no prescritos (es decir, a los obtenidos en los últimos cuatro años), lo que dio lugar a que los defraudadores, como media, pagaran solamente una tasa del 3% de las cantidades regularizadas. El ingreso total se situó en el entorno de los 1.200 millones de euros, menos de la mitad de lo que había previsto el Gobierno. ¿Alguien puede creerse que era algo necesario? Evidentemente no, y, además, tanto el presidente del Gobierno, como su ministro de Hacienda y el de Economía, sabían sobradamente que disponían de medidas alternativas más eficaces, que hubieran procurado -sin la necesidad de perdonar a muchos delincuentes„un nivel de ingresos mayor. En definitiva, un auténtico fracaso.

Si además, tuviéramos acceso al listado de quienes se acogieron a la medida -unos pocos de los cuales han aparecido publicados por su vinculación con casos diversos de corrupción política„no sería demasiado descabellado afirmar que el Gobierno de Rajoy sabía perfectamente lo que estaba haciendo, que no era otra cosa que perdonar a un conjunto de evasores, en una decisión perfectamente calculada.

Y mientras ustedes están haciendo la declaración del IRPF, el presidente del Gobierno hace uso de una de sus virtudes preferidas: se fuma un puro, tumbado en el sofá, y mira para otro lado, en lugar de cumplir con su deber de -en el supuesto de que él mismo no tenga algo que ver con la decisión política de amnistiar a los defraudadores- cesar fulminantemente a su ministro de Hacienda, ya que éste no tiene la decencia de dimitir, porque no se siente «desautorizado» y «tiene mucho trabajo»; olvida que el varapalo no se lo ha dado la oposición, sino el Tribunal Constitucional.

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