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A vueltas con la información financiera. ¿menos es más?

Este año ha llegado repleto de importantes novedades legislativas en materia de contabilidad que influyen directamente en la actividad de las pymes

A vueltas con la información financiera. ¿menos es más?

Mucho ha llovido desde que en noviembre de 2007 se publicó en el BOE el nuevo Plan General de Contabilidad Plan General de Contabilidad (PGC) que venía a sustituir al de 1990. El PGC 2007, de aplicación a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2008, modificó principios contables, introdujo nuevos criterios de valoración, cambió formatos de presentación de la información financiera pero también, y sobre todo, amplió de forma notable la información que las empresas españolas debían facilitar al formular sus Cuentas Anuales. Lógicamente, esta normativa afectó a la información de la Memoria, pero también a los Estados numéricos (Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias), ya que introdujo dos nuevos Estados, uno específico para mostrar los Cambios en el Patrimonio Neto y otro para las variaciones en los flujos de efectivo de las compañías.

Este cambio, como todos, no fue fácil y supuso muchas horas de formación para los futuros usuarios, horas de discusión, horas de explicación? no en vano tuvimos que asumir y asimilar conceptos tales como «fair value» o valor razonable, que hasta la fecha sólo eran familiares para aquellas empresas con proyección internacional y que formulasen sus estados financieros aplicando Normas Internacionales de Contabilidad. Además, tuvimos que enfrentarnos a conceptos financieros como el «coste amortizado» de un crédito, o simplemente nos despedimos del formato DEBE-HABER de nuestra cuenta de Pérdidas y Ganancias, y sustituimos términos como «circulante» por «corriente», entre otros.

Ya han pasado casi diez años desde entonces, y muchas pequeñas compañías sintieron un gran alivio cuando el pasado mes de diciembre nuevamente el BOE trasladó las nuevas exigencias venidas de Europa, introduciendo un cambio de normativa sobre información financiera para nuestras Pequeñas y Medianas Empresas. De la lectura del Real Decreto 602/2016 parece desprenderse que nos habíamos excedido; parece que el esfuerzo no estaba siendo útil; parece que los legisladores habían percibido que a las «pequeñas empresas» (según parámetros europeos con facturaciones por debajo de los ocho millones de euros), se les estaba exigiendo demasiada información, y por ello, se había optado por corregir el rumbo y dar un nuevo giro, esta vez retrocediendo en las obligaciones.

El primer paso del cambio ha consistido en elevar los límites para formular Cuentas Anuales Abreviadas y en formato Pyme, lo cual ha ampliado sensiblemente el número de empresas que pueden optar a presentar una información más reducida. Otra medida tendente a reducir información es la eliminación de la obligación de formular el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (introducido en 2007) para las empresas antes comentadas, y también un recorte drástico en la información a presentar en la Memoria.

Pero ¿realmente nos habíamos equivocado? Pensemos que los límites para aplicar la reducción de información se han fijado para aquellas compañías que alcancen los cuatro millones de euros en su cifra de Activos y ocho millones para la de ingresos por Ventas ¿Realmente era un exceso para todas las sociedades incluidas en estos copiosos rangos? ¿No nos estaremos ahora desviando por defecto de algunas de ellas? ¿Realmente una empresa que factura ocho millones de euros en España se puede/debe considerar Pyme? Sobre todo, cuando muchas de ellas tendrán que auditar obligatoriamente sus cuentas, puesto que los límites para la obligación de auditar no se han elevado y permanecen en 5'7 millones de euros de facturación y 2'8 millones de euros de activos.

¿No estaremos, por tanto, corriendo el riesgo de confundir exceso de información con falta de calidad de la misma, y por ello perdiendo la oportunidad de reforzar esta calidad? Así lo entendemos el equipo de profesionales de Gesem, defendiendo que «menos no siempre es más», que una información financiera más completa, clara y transparente repercute en la imagen de calidad que proyecta una empresa frente al exterior. Por el contrario, una información demasiado reducida o sesgada corre el riesgo de perder toda utilidad, tanto para los propios accionistas como para terceros usuarios. Y valgan como ejemplo entidades de crédito, posibles inversores o, sin ir más lejos, en el Registro Mercantil, que ya requiere algún modelo de información adicional para acompañar el depósito de las cuentas anuales.

Quizás demasiados interrogantes para un puzle tan complejo como es la adaptación a Europa. Una vez más, se cumple el dicho de que nunca llueve a gusto de todos. El próximo 30 de junio se inicia para la gran mayoría de empresas el plazo para depositar sus cuentas en el Registro Mercantil y que sean accesibles a cualquier usuario interesado en conocerlas. Será entonces cuando podremos valorar los efectos del cambio.

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