La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula el impuesto municipal sobre las plusvalías abre la posibilidad a reclamaciones en toda España. Este gravamen se aplica, en teoría, a los inmuebles cuando son vendidos, pero en la práctica es abonado siempre, aunque hayan perdido valor.

La resolución determina que "en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial". Es decir, para el Constitucional no es legal imponer un impuesto cuando no se ha producido una ganancia económica.

Tras el fallo son muchos los afectados que ya se han puesto en marcha para reclamar la devolución de la plusvalía. En el caso del Ayuntamiento de Alicante, el alcalde, Gabriel Echávarri, ya manifestó su postura a favor de la sentencia. «No puede ser que una persona que venda su vivienda a un precio más barato que lo ha comprado tenga que pagar una plusvalía. Era de locos. Es algo justo, a partir de ahí que las administraciones respondan y devuelvan lo que tengan que devolver, y no cobren lo que no tenían que cobrar», afirmó Echávarri. Sin embargo, el primer edil declaró no saber cómo puede afectar al Ayuntamiento de Alicante, por ejemplo, en la previsión de falta de ingresos en la recaudación municipal. «Es que no sabemos cuántos alicantinos venderán el piso más barato que lo compraron, es imposible saberlo, evidentemente. Y no tengo muy claros los efectos retroactivos. No sabemos las viviendas que se han vendido a precio más bajo».

¿Quién puede pedir la devolución de la plusvalía?

La devolución de la plusvalía la podrán reclamar los propietarios que hayan vendido un inmueble con pérdidas en los últimos ejercicios no prescritos. Esta sentencia también beneficiará a quienes perdieron un inmueble que no fuera su primera vivienda por no poder pagar la hipoteca. Las personas que se encuentren en un proceso de venta deberán pagar el impuesto, aunque después lo pretendan reclamar.