La Comisión de Defensa de la Competencia de la Comunidad acaba de enmendar la plana al Ayuntamiento de San Miguel de Salinas y, de paso, a la Conselleria de Vivienda. El motivo es que conceden a los arquitectos la competencia exclusiva para emitir certificados de habitabilidad para obtener licencias de segunda ocupación de viviendas.

Una «restricción de la libertad de empresa»; una «barrera de acceso», concluye el organismo valenciano. El informe, del 9 de noviembre, es la respuesta a la consulta realizada por un ingeniero industrial después de que ese Ayuntamiento rechazara su certificado preceptivo «al no considerarlo técnico competente». El Consistorio requiere que el nuevo certificado lo firme un arquitecto o arquitecto técnico.

Estas licencias tienen por objeto comprobar que la obra ejecutada se adecua al proyecto para el que se concedió la licencia municipal de edificación. En el caso de las edificaciones existentes, la licencia municipal de ocupación tiene por objeto comprobar la adecuación de estas a la normativa.

La licencia de segunda ocupación, el asunto de debate en este momento, es obligatoria cuando cambia la propiedad 10 años después de la primera ocupación o cuando se ejecuten obras. Para obtener esta licencia, hay que pedirla al Ayuntamiento «aportando un certificado del facultativo competente que acredite que el edificio se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento de la primera».

Esta disputa entre arquitectos e ingenieros industriales se ha convertido en un caballo de batalla de las autoridades de Competencia de media España por lo que entienden que es una restricción injustificada. En abril de 2015, la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ya atribuyó a los ingenieros estas atribuciones, a raíz de una petición del Colegio Oficial. En mayo pasado, la CNMC acordó interponer un contencioso-administrativo al Ayuntamiento de Orba por este motivo; y hace unos días también censuró a la Vila Joiosa.