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La Fundación CAM insiste en que las dietas que cobró la comisión de control fueron ilegales

Afirma que López Abad elevó sin motivo las remuneraciones de los miembros del órgano de control

La Fundación CAM insiste en que las dietas que cobró la comisión de control fueron ilegales

Mientras se estaba legislando para aunar los intereses de los ejecutivos con los de las empresas, de modo que la remuneración percibida por los primeros guardara una relación directa con la actividad que desempeñaran, «en la CAM se ideó un sistema para que los miembros de la comisión de control se equipararan en retribuciones al resto de altos directivos, realizando un gasto que no se correspondía con las contraprestaciones que estaba realizado». Así lo recoge el recurso que la Fundación CAM ha presentado ante el Tribunal Supremo contra la absolución del exdirector general de la caja Roberto López Abad y de quien fuera el último presidente de la comisión de control, Juan Ramón Avilés, a quienes considera que debe condenarse por el delito de administración desleal o, alternativamente, de apropiación indebida.

Ambos fueron exonerados de toda culpa en el primer proceso de los abiertos por la gestión de la entidad que ha llegado a juicio tanto en relación a las dietas como al supuesto trato de favor que, según las acusaciones, habría recibido Avilés por parte de la caja para sus negocios inmobiliarios. Un asunto en el que ya ha tenido que intervenir el Supremo quien, frente al criterio del tribunal de la Audiencia Nacional que juzgó el caso, consideró que tanto la Fundación como el Fondo de Garantía de Depósitos, personados desde el inicio de la instrucción como acusaciones particulares, sí estaban legitimados para ejercer acciones contra los exresponsables de la CAM.

El Alto Tribunal obligó entonces a repetir la sentencia, que siguió siendo absolutoria y contra la que tanto la heredera de la Obra Social como el Fondo han presentado recurso.

Con unos argumentos que recuerdan mucho a su escrito de acusación, la Fundación mantiene su convencimiento en la culpabilidad de López Abad y Avilés en lo que respecta a unas dietas que le supusieron a la caja un quebranto económico de alrededor de dos millones de euros. «Se pagaban unas retribuciones que no se debían pagar porque no existía ni necesidad ni actividad dentro de la comisión de control (...) su única justificación era un incremento retributivo gratuito para el beneficiario sin equivalencia alguna desde que se decide acometer el diseño del instrumento formal que da cobertura formal a la distracción patrimonial».

La Fundación considera a López Abad el «ideólogo» y de Avilés, que gracias a estas dietas se embolsó más de 300.000 euros, dice que «no puede ser ajeno» al hecho.

Esta acusación sostiene que «las dietas y retribuciones percibidas y sucesivamente incrementadas (...) cuya cuantía no está justificada al resultar conscientemente huérfana de equivalencia (...) y conscientemente encaminada a la distracción definitiva del patrimonio ajeno cuya administración le ha sido confiada», son constitutivas de un delito de administración desleal. A lo que añade el que estos hechos estén «vinculados a una gravísima y consciente infracción de los deberes de lealtad de administradores y altos directivos».

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