Más complicaciones para la patronal alicantina. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana acaba de declarar nulos parte de los nuevos estatutos de Coepa -aprobados en septiembre de 2014-, tras estimar parcialmente el recurso presentado contra los mismos por la Federación de Empresarios del Metal (Fempa). En concreto, el TSJ considera ilegal el artículo 5.1 del citado texto, que permitía a la Confederación afiliar directamente a empresas, saltándose de esta forma a las asociaciones sectoriales que la componen.

Una decisión que se tomó con el objetivo de debilitar a las federaciones que eran críticas con la cúpula de la patronal que, lógicamente, decidieron recurrir a los tribunales. En primera instancia, el juzgado de lo Social número 5 de Alicante rechazó el recurso presentado por Fempa pero, ahora, el TSJ le ha dado parcialmente la razón al considerar que, de acuerdo con la ley orgánica que regula esta materia, la LODA, sólo las asociaciones pueden agruparse para constituir «federaciones o confederaciones», lo que impide que una empresa pueda inscribirse de forma individual como miembro de Coepa.

Esto complica aún más, si cabe, el futuro de la patronal, ya que una de las medidas previstas en el plan de viabilidad que ha presentado para superar el concurso de acreedores era la de captar nuevos asociados, lo que ahora será mucho más difícil ya que éstos deberán ser exclusivamente asociaciones. Además, también podrían estar en cuestión gran parte de las decisiones adoptadas por la patronal desde la aprobación de estos nuevos estatutos, como se encargaron de recalcar ayer desde Fempa.

Entre estas decisiones se encuentran, por ejemplo, la de expulsar a Cepyme por sus constantes críticas a la cúpula de Coepa o las votaciones que dejaron a Fempa fuera del comité directivo o la junta de la patronal, aunque desde la organización presidida por Guillermo Moreno reconocieron que aún están estudiando el alcance real de la sentencia.

Del mismo modo, también desde Coepa apuntaron que están analizando con sus servicios jurídicos las posibles repercusiones del fallo y su posible recurso, aunque recalcaron que la mayoría de empresas que son miembros actualmente de la organización ya lo eran antes de esta modificación de los estatutos. En este sentido, la anterior normativa de la patronal permitía la afiliación de empresas «singulares» por su relevancia -como las grandes cadenas de supermercados o grandes almacenes- o porque carecieran de una asociación sectorial.

Efectos colaterales

Pero la sentencia puede tener importantes repercusiones más allá de la propia Coepa. Como recuerdan desde Fempa, también podría afectar a los planes de la patronal autonómica Cierval, que planea reformar sus estatutos para dar cabida a organizaciones sectoriales y a empresas individuales con la misma intención de Coepa de mejorar sus ingresos y garantizar su supervivencia, amenazada por el concurso de acreedores de la alicantina y las irregularidades detectadas en la gestión de los fondos de formación por parte de la CEC castellonense. Hasta ahora los únicos socios de Cierval eran las tres organizaciones provinciales. También puede afectar a la estrategia de la CEV valenciana, que en los últimos meses había puesto en marcha una campaña de captación de nuevos asociados.

Para Fempa, la sentencia prueba que «la permanencia del equipo de Moisés Jiménez (en Coepa), en el que continúan figurando los asesores de Modesto Crespo, es un serio obstáculo para la regeneración y para que surja una nueva organización empresarial que aglutine y represente los intereses de los sectores de nuestra provincia».

Votos y cuotas

En cualquier caso, la victoria de Fempa en los tribunales no ha sido completa, ya que el TSJ ha rechazado la nulidad de varios artículos más que solicitaba la Federación del Metal. Entre ellos el que establece el número de votos que cada miembro tiene en la asamblea general en función de las cuotas que pague, sin tener en cuenta su representatividad en el tejido empresarial. Un sistema que Fempa había denunciado al equipararlo con la «compra de votos». Sin embargo, el tribunal considera que no infringe la normativa, como ya hizo el juzgado de lo Social de Alicante.

También considera ajustado a derecho que Coepa exija a sus organizaciones miembro una lista de todos sus asociados. Fempa está estudiando recurrir ambos aspectos ante el Supremo.