Un juzgado de Sabadell (Barcelona) ha dictado una sentencia que obliga a Banco Sabadell a abonar a una pareja de jubilados de Orihuela (Alicante) más de 3.800 euros por las cuotas participativas de la desaparecida Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) que adquirieron en 2010, informa EFE.

La titular del juzgado de primera instancia número 7 de esta localidad, donde tiene su sede el banco presidido por Josep Oliu, ha considerado nulos los contratos de compra de las cuotas participativas de la CAM, absorbida más tarde por Banco Sabadell, según ha informado la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (APDEF).

La pareja de jubilados de Orihuela, que no tenían formación ni experiencia en contratación de productos financieros, adquirieron un total de 650 cuotas participativas aconsejados por el director de su sucursal de la CAM, según consta en la sentencia. Los afectados invirtieron casi todos sus ahorros en este producto, un total de 3.822 euros, pensando que contrataban un simple depósito a plazo.

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida, asegura que el contrato de compra de estas cuotas participativas es nulo por «concurrir error en el consentimiento por parte de los compradores», ya que la pareja de jubilados no recibió información preceptiva previa a la contratación y tampoco se les realizó el test de idoneidad para saber si tenían el perfil de inversores adecuado para este producto.

Banco Sabadell -que ha declinado valorar la decisión- también debe pagar intereses y las costas del proceso judicial, mientras que la Fundación CAM -a la que Apdef había demandado como responsable subsidiaria- ha sido absuelta plenamente.

Esta es la primera demanda que la asociación APDEF gana en España por las cuotas participativas de la CAM, que se empezaron a emitir en 2008 y se colocaron, muchas de ellas, entre pequeños inversores.

La CAM fue intervenida en junio de 2011 por el Banco de España y ese mismo año Banc Sabadell se la adjudicó por un euro.