Se acabaron las sorpresas para los compradores de pisos de segunda mano, que se veían obligados a satisfacer una cantidad mucho más elevada de la que tenían previsto por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales debido al peculiar sistema que había establecido la Generalitat para su cálculo. Un sistema que no tenía en cuenta el valor real de los inmuebles ni sus características particulares, sino que establecía una estimación genérica para todas las viviendas de un mismo municipio.

La Conselleria de Hacienda anunció ayer que cambiará la normativa para adecuar las cantidades a una cifra más ajustada a la realidad del mercado y de cada vivienda en particular, después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana haya dado la razón a un vecino de Alcoy que se negó a pagar el dinero exigido, y haya declarado la nulidad de la orden que regulaba este tributo en el año 2014.

El caso de este ciudadano es paradigmático de lo que les ha ocurrido a miles de compradores de casas en la autonomía en los últimos años. Adquirió un piso en su ciudad por 87.000 euros y presentó la correspondiente autoliquidación del Impuesto de Transmisiones, que grava con un 10% estas transacciones. Sin embargo, de acuerdo con los baremos aprobados por la Generalitat su vivienda estaba valorada en 120.111 euros, por lo que le exigió 4.147 euros adicionales.

Referencias genéricas

El problema, como señala la sentencia del TSJ, es que para determinar esta valoración el Consell simplemente tiene en cuenta la referencia catastral, a la que aplica un coeficiente multiplicador que es el mismo para todo el municipio y, en ningún caso, se visita el inmueble ni se tienen en cuenta sus condiciones particulares. Esto, según el tribunal, contraviene el principio que asegura que la carga tributaria debe ajustarse al «valor real» del bien o la operación gravada.

Por ese motivo, no sólo anula este caso en concreto, sino que considera ilegal toda la orden por la que se regulaba este sistema de cálculo en el año 2014. Otras sentencias ya habían puesto en cuestión las órdenes de años anteriores por lo que, desde noviembre, el Consell ya había anunciado el que dejaría de cobrar los recargos y ahora cambiará la ley.

En los años que ha estado este sistema -de 2013 a 2015- se calcula que cerca de 55.000 ciudadanos habían sufrido estos recargos, que tuvieron que pagar alrededor de 126 millones de euros, según datos de la Asociación Española de Asesores Fiscales, inform R. Ferrando. Para esta organización, la sentencia del TSJ abre la puerta a que todas ellas reclamen.

Sin embargo, la Conselleria de Hacienda rebajó ayer las expectativas y señaló que sólo podrán beneficiarse del auto los 18.000 compradores que ya han recurrido su liquidación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional y los juzgados ordinarios, que juntas suman unos 45 millones de euros. Señala, además, que en la mayoría de los casos los afectados no habían satisfecho las cantidades exigidas al tenerlas recurridas, por lo que, como mucho, será un dinero que el Consell dejará de ingresar pero que en ningún caso deberá devolver.

Visitas presenciales

En cuando al nuevo sistema para fijar el Impuesto de Transmisiones, la Generalitat tiene previsto sacar unos valores de referencia «simples» por los que se podrán guiar los ciudadanos que presente su autoliquidación. Cuando el contribuyente considere que estos valores no se ajustan a su caso, la Administración remitirá un técnico para que realice una visita presencial y determine el valor de la vivienda.