Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Gijón ha condenado a Bankia a devolver cerca de un millón de euros a un matrimonio asturiano por la compra de acciones de la entidad, coincidiendo con su salida a Bolsa, a pesar de que reconoce que uno de ellos sabía de finanzas. En concreto, la sanción económica se eleva a 999.997 euros.

El magistrado señala en el fallo judicial que la información publicitada para la adquisición de las citadas acciones no se correspondía con la situación real de Bankia, que presentó la venta como una «gran oportunidad» al asegurar la buena situación patrimonial de la entidad. La sentencia declara la nulidad de la compra de las acciones suscritas por la pareja, llevada a cabo el 19 de julio de 2011, y califica como «determinante» para evaluar la inversión el contenido del anuncio de la oferta pública de los bonos. La compra de títulos fue realizada a través del Banco Sabadell, que según apunta el fallo judicial no pudo hacer más que transmitir la información aportada por Bankia.