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La juez da un plazo de 15 días para que se acuse a la excúpula de la CAM

La magistrada Carmen Lamela marca dos semanas para que el fiscal y las acusaciones presenten sus escritos en la pieza principal

Quince días. Es el tiempo de que disponen tanto el fiscal como las acusaciones personadas en la denominada pieza principal de la CAM para presentar sus escritos contra la última cúpula de la entidad. La magistrada Carmen Lamela, quien se ha quedado al frente del juzgado de la Audiencia Nacional que dirigía Javier Gómez Bermúdez, ha comunicado a las partes este plazo una vez que ya ha recibido el resultado de las últimas diligencias solicitadas a instancias del fiscal. El Ministerio Público buscaba saber cuántos poseedores de cuotas participativas pudieron verse perjudicados por el presunto falseo de las cuentas de la caja, unos datos que se reclamaron a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y a Iberclear, un depósito central de valores.

El fiscal Luis Rodríguez Sol, las acusaciones particulares (que se ejercen en nombre de la Fundación CAM y del Fondo de Garantía de Depósitos) y la popular (que lleva el letrado murciano Diego de Ramón en representación de cerca de un millar de afectados por la compra de cuotas) tienen que concretar en estos quince días los cargos que atribuyen a los ocho procesados en esta pieza: el último presidente de la CAM, Modesto Crespo, los exdirectores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós y los exdirectores Teófilo Sogorb, Vicente Soriano, Francisco Martínez, Juan Luis Sabater y Salvador Ochoa.

Después de dos años y medio de investigación Gómez Bermúdez llegó a la conclusión de que los procesados urdieron un plan para ocultar el verdadero estado financiero de la caja declarando beneficios cuando las pérdidas que se arrastraban en estos momentos superaban los mil millones de euros. Unas actuaciones (ver cuadro adjunto) gracias a la que los ocho exresponsables de la caja «cobraron indebidamente» más de 47 millones en distintos conceptos retributivos, además de provocar otro quebranto que el juez fija en un bruto de más dos millones por prestaciones adicionales con las que buscaban asegurarse una suculenta jubilación.

El magistrado considera estas operaciones constitutivas de los delitos de falsedad contable, apropiación indebida o administración desleal y falsedad en documento mercantil. Para Gómez Bermúdez, «concurren indicios racionales de criminalidad en concepto de autores».

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