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En la misma piedra

El tribunal que exonera de nuevo a López Abad y Avilés vuelve a evitar ahondar en su gestión

En la misma piedra

En la misma la línea que cuando el pasado febrero el tribunal de la Audiencia Nacional que sentenció el primer proceso de la CAM optó por quedarse en lo somero desaprovechando la oportunidad de ahondar en la gestión de una entidad que de ser la cuarta caja de país pasó a venderse a precio de chuche, la nueva sentencia, la que el Supremo obligó a dictar a esa sala teniendo en cuenta, ahora sí, a las acusaciones particulares que había echado del procedimiento (el Fondo de Garantía de Depósitos y la Fundación CAM), viene a ser más de lo mismo.

En menos de un mes (en la primera tampoco tardó mucho, apenas una semana desde el fin de la vista oral) la magistrada Teresa Palacios se ha quitado de encima el engorro de volver sobre un asunto, que seguramente ella ya consideraba sentenciado, dictando una resolución no exenta de sinsentidos. Una sentencia en la que vuelve a exculpar al exdirector general de la caja Roberto López Abad y al expresidente de la Comisión de Control Juan Ramón Avilés de los delitos de apropiación indebida y administración desleal bajo la premisa de que era la CAM, y no los acusados, la que tomaba las decisiones que afectaban a su gestión y la que, además, tenía que haber velado para que sus responsables no incumplieran su obligación de lealtad ni se llevaran un dinero que era un poco de todos.

Basa la magistrada la legalidad de los préstamos concedidos a Avilés en que estaban bendecidos por la CAM. En este proceso, junto al director general de la entidad y al presidente de un órgano de control se sentaron en el banquillo, como partícipes a título lucrativos, todos los miembros del consejo de administración. Si en ese plantel no vislumbró a ningún posible responsable, ¿dónde hay que mirar?

Pero ahí más. Para la juzgadora carece de importancia, según recoge la resolución, que Avilés asistiera a las reuniones de la comisión que presidía en las que se daba el visto bueno a los préstamos que se le concedían. Un comportamiento que, como mucho, afirma Palacios, «puede representar el incumplimiento de los deberes del cargo, sin otra connotación». ¿Sin otra connotación? El Banco de España cifró en cinco millones el quebranto económico por la concesión de estos créditos. ¿No era un delito de administración desleal lo que se estaba juzgando?

Son muchas las preguntas que surgen de la lectura de una sentencia en la que se da credibilidad, por ejemplo, a declaraciones de responsables de la caja en Murcia, donde Avilés reside y tiene radicados sus negocios inmobiliarios, que aseguraron no sólo que se le trataba como a un cliente más sino que ni tan siquiera sabían quién era. ¿De verdad alguien, además de Palacios, se lo cree?

Descárgate aquí la sentencia íntegra

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