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Coepa gana a la patronal del metal el primer juicio por la impugnación de los estatutos

Fempa recurrirá porque mantiene que el reparto de vocalías en la asamblea es inconstitucional

Coepa gana a Fempa el primer juicio por sus estatutos

El Juzgado de lo Social número 5 de Alicante finalmente ha acabado dando la razón a Coepa en la demanda de impugnación de los estatutos que interpuso hace ahora justo un año la patronal del metal Fempaimpugnación de los estatutos . Entre otras cuestiones, la federación que preside Guillermo Moreno argumentaba que los nuevos estatutos aprobados en septiembre del año pasado eran inconstitucionales, ya que la representatividad en la asamblea y, por tanto, la asignación de vocales y votos venía determinada por las cuotas que se pagaban. Ahora, medio año después de que se celebrara la vista, la jueza desestima íntegramente la demanda presentada por el metal. Lo hace, además, en una sentencia que se notificó ayer a las partes, justo un día después del segundo juicio que se celebró por los estatutos, tras otra demanda de impugnación presentada por Cepyme contra Coepa.

En este primer fallo, la juez asume prácticamente todas y cada una de las argumentaciones que dio Coepa en su día, y desestima lo sustentado por Fempa y, en particular, la inconstitucionalidad de esa regulación. En este sentido, la sentencia considera que no hay infracción alguna de la Constitución porque se da mayor representación y capacidad de decisión a los que soportan una mayor carga económica en Coepa, y que eso, al final, no es una decisión ni discrecional ni arbitraria. En esta línea, argumenta que el derecho a voto es proporcional al número de vocales y que las federaciones y asociaciones siempre deberán tener como mínimo el 60% del control del órgano soberano, lo que le lleva a afirmar a la juez que el sistema es democrático y a descartar que haya un control económico de la asamblea.

La juez sustituta que firma la sentencia incluso llega a alegar que la supuesta inconstitucionalidad o ilegalidad de los estatutos no casa con el hecho de que fueran aprobados en la asamblea con el 96,5%, y que, además, el reparto de vocalías y del voto es el mismo en la regulación de 2002 que en la aprobada en 2014.

Sea como sea, desde Fempa entienden que tienen motivos para recurrir la sentencia y, en especial, en lo que respecta a la razón principal que les llevó a presentar la demanda: el funcionamiento, a su juicio, antidemocrático de la asamblea y el reparto de vocalías y, por consiguiente, de votos en función de las cuotas que se pagan. Por ello, en principio, presentarán el recurso. Mientras tanto, habrá que ver qué sucede con el juicio celebrado el miércoles entre Cepyme y Coepa, también por la impugnación de los estatutos, aunque para muchos esta primera sentencia ya puede deja caer por dónde pueden ir los tiros una vez se notifique esta segunda sentencia. Otra cosa es lo que pueda ocurrir si unos y otros siguen adelante y acaban recurriendo.

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