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Cláusulas suelo, ¿y ahora qué?

Las entidades podrían tener que devolver lo que cobraron de más por las hipotecas de sus clientes

Cuando en mayo de 2013 el Supremo declaró nulas las cláusulas suelo contenidas en las hipotecas de BBVA, Cajamar y Abanca al considerar que no estaban explicadas con claridad y que, por tanto, los clientes no sabían lo que realmente estaban firmando, muy pocos entendieron que el tribunal se negara a exigir también la devolución de las cantidades que estas entidades habían cobrado de más a sus clientes. Las organizaciones de consumidores denunciaron que se trataba de una decisión política, sin fundamento legal, y una de ellas, Ausbanc, decidió llevar el asunto ante las instancias europeas donde, ahora, los servicios jurídicos de la Comisión Europea les han dado la razón.

El problema es que este organismo no es el que debe decidir sobre la cuestión, sino el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y que el informe de la Comisión es sólo uno de los muchos que ha solicitado antes de pronunciarse. Es decir, que, de momento, los afectados deberán seguir esperando, tal y como reconoce el delegado de Ausbanc en Alicante, Pedro Pérez, quien apunta que en la Audiencia Provincial hay en estos momentos decenas de casos pendientes de lo que diga Estrasburgo para poder resolverse.

De hecho, el tribunal alicantino fue uno de los que planteó a la justicia europea la cuestión ante la disparidad de criterios que se registraba. En concreto, tras la sentencia del Supremo los juzgados se veían obligados a rechazar la devolución de las cantidades pagadas de más cuando el caso afectaba a una de las tres entidades citadas en la misma, pero sí obligaban a realizar este reintegro cuando la reclamación se dirigía contra otro banco. Todo un sinsentido.

En cualquier caso, el pronunciamiento de los servicios jurídicos de la Comisión Europea supone una importante victoria moral para los afectados, según el delegado de Ausbanc, que se muestra convencido de que el Tribunal de la Unión Europea se pronunciará en el mismo sentido. «Lo que dicen las alegaciones de la Comisión es que si una cláusula es nula no puede causar efecto. Es decir, que debe restituirse el perjuicio ocasionado. Lo contrario iría contra la normativa comunitaria», insiste Pedro Pérez.

Si sus pronósticos se cumplen y Estrasburgo enmienda la plana al Supremo, lo previsible es que se produzca una nueva avalancha de demandas para reclamar estas cantidades, que se sumará a la infinidad de reclamaciones que ya hay presentadas en los tribunales contra aquellos bancos que aún mantienen estas cláusulas.

En total, según las estimaciones de esta asociación en base a informaciones del Banco de España, hasta un tercio de todas las hipotecas de la provincia llegaron a incluir esta polémica cláusula, que impedía que el tipo de interés del préstamo bajara de determinado porcentaje aunque el euríbor continuara cayendo. El volumen pudo ser mayor pero, por suerte, ni la CAM ni Bancaja utilizaron nunca esta fórmula con sus clientes.

BBVA, Cajamar y Abanca dejaron de aplicarla en cuanto se publicó la sentencia del Supremo pero CCM, Caja Duero, el Popular o el Sabadell las mantienen con el argumento de que, en su caso, la comercialización fue correcta. La Caixa y Bankia acaban de eliminarlas.

Además de Estrasburgo, también los tribunales españoles deben pronunciarse sobre la cuestión en la demanda colectiva interpuesta por Adicae en nombre de unos 15.000 afectados.

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