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El juez rechaza devolver los pasaportes a Ferri y a Baldó por el «elevado riesgo» de que se fuguen

Los dos empresarios de Benidorm imputados en el proceso que investiga las inversiones de la CAM en el Caribe habían pedido al magistrado Gómez Bermúdez que les dejara salir de España para atender negocios que tienen en México

José Baldó, fumando, y Juan Ferri, en una de sus visitas a la Audiencia Nacional. Rafa arjones

Sin salir de España permanecerán al menos de momento los empresarios de Benidorm Juan Ferri y José Baldó. A ambos el magistrado de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez les ha denegado por el «elevado riesgo de que puedan sustraerse a la acción de la Justicia» la petición de que les fueran devueltos los pasaportes y se les permitiera viajar fuera del país para atender los negocios que tienen al otro lado del Atlántico, según se recoge en un auto que da al traste con las pretensiones de los empresarios.

Los dos hoteleros tienen limitados los movimientos más allá del territorio nacional y retirado el pasaporte desde diciembre de 2013 en virtud de las medidas cautelares dictadas por el magistrado en el marco del proceso que investiga los negocios de la CAM en el Caribe. Una causa en la que, además de Ferri y Baldó, están imputados el exdirector general de la caja Roberto López Abad y quien fuera responsable de inversiones inmobiliarias de la entidad Daniel Gil. Se investiga el supuesto desvío al paraíso fiscal de Curaçao de los beneficios de estos negocios de los que la caja presuntamente no llegó a ver nada pese a que los financió y a que participaba a través de su filial inmobiliaria en un 30% en Valfensal, la mercantil con la que se acometieron y de la que el 70% restante era propiedad de Ferri y Baldó.

Apoyándose en el informe del fiscal, contrario también a que se le levantaran las medidas cautelares a los imputados, precisa Gómez Bermúdez que «lo cierto es que en este momento siguen concurriendo las mismas circunstancias» que motivaron su adopción (...) ya que están pendientes de practicar diligencias que pueden arrojar datos importantes para la investigación».

El magistrado precisa que, a la vista del escrito presentado por el abogado de los empresarios, ambos son conocedores de las pruebas que quedan por realizar «existiendo por lo tanto un riesgo elevado de que puedan sustraerse a la acción de la justicia, por lo que no procede dejar sin efecto las medidas cautelares adoptadas».

Gómez Bermúdez agrega que, en cuanto a la solicitud «de alzar al menos temporalmente» la medida cautelar, se trata de «una petición genérica e imprecisa, por lo que no procede dejar sin efecto las medidas cautelares adoptadas».

Por todo ello, el juez acuerda no modificar estas medidas que incluyen, además de la retirada del pasaporte y la prohibición de abandonar el país, la obligatoriedad de presentarse los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado o comisaría que hayan designado. Unas comparecencias que inicialmente fueron diarias y que después el magistrado, a petición de los imputados, igualó a las dictadas para López Abad y Gil, que eran quincenales.

Los empresarios se quejan de que la imposibilidad de viajar a México, donde tienen el grueso de sus negocios, hace que no los puedan atender como es debido, uno de los motivos que esgrimían en su petición y que el juez ha considerado que pesa menos que el riesgo de que, si les permite salir del país, no regresen.

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