Coca Cola ha dejado sin derecho a voto para las elecciones sindicales del centro de trabajo de Alicante a un centenar de empleados que fueron despedidos o trasladados a otras fábricas tras llevarse a cabo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de la compañía, que afectó a un millar de operarios en toda España. La exclusión de estos cien trabajadores se produce pese a la sentencia de la Audiencia Nacional declarando nulo el ERE.

Levantina de Bebidas Gaseosas S.A. (Colebega) ha impugnado el censo de trabajadores fijado por la mesa electoral de cara a las próximas elecciones sindicales en el centro de trabajo de Alicante, previstas el 27 de noviembre, alegando que la plantilla posterior al ERE es realmente la plantilla a tener en cuenta en el censo laboral «de conformidad con la adecuada interpretación y aplicación de la regulación referenciada», según consta en su escrito de impugación ante la mesa electoral.

Colebega (conocida como Coca Cola), rechaza que el centenar de trabajadores de Alicante afectados por el ERE puedan votar pese a la resolución judicial, lo que supone reducir el número de representantes de los trabajadores de nueve a cinco. Según denunció ayer el secretario de Organización de la Federación de la Industria y Trabajadores Agrarios de la UGT, Joaquín Gil, se trata de una «maniobra para reducir la representación sindical saltándose a la torera la sentencia». Recordó que la plantilla anterior al ERE era de 156 personas, por lo que a los trabajadores les corresponde una representación de nueve personas. «Coca Cola sigue incumpliendo los derechos de los trabajadores y, aún más grave, los acuerdos de la mesa electoral», añadió Gil. Según Coca Cola, la representación debe reducirse a cinco personas al haberse quedado en Alicante una plantilla de 56 trabajadores después del ERE, ya que las decisiones de la Audiencia Nacional declarando nulo el expediente de regulación todavía no son firmes al estar recurridas ante el Supremo. La compañía ejecutó con el ERE 821 despidos de los 1.190 que contemplaba el expediente, trabajadores que deben ser readmitidos con el abono de los salarios dejados de percibir. Así, la Audiencia Nacional estimó las demandas de UGT, CC OO y CSI-F contra la decisión de la empresa argumentando causas organizativas y productivas.