El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró hoy que las exenciones fiscales a los astilleros públicos Navantia podrían constituir ayudas de Estado ilegales, pero indicó que corresponde a la justicia española comprobarlo.

La exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de la que se beneficia Navantia podría constituir una ayuda de Estado prohibida por la legislación europea, según la sentencia emitida por el TJUE.

El alto tribunal comunitario deja en manos del juzgado de la localidad gallega de Ferrol que inició la consulta sobre el caso analizar si es así.

En su sentencia de hoy, el tribunal europeo considera que esta exención podría constituir una ayuda de Estado, prohibida por la legislación europea.

Sin embargo, recalca que el juzgado de Ferrol deberá comprobar si efectivamente la exención puede ser considerada una ayuda de Estado improcedente en función de varios criterios interpretativos que incluye en su sentencia.

El Juzgado Contencioso-administrativo número 1 de Ferrol consultó al Tribunal de Justicia de la UE si esta exención fiscal del IBI concedida a la empresa pública Navantia respecto a una parcela de terreno propiedad del Estado es compatible con las normativas comunitarias sobre competencia.

En concreto, el juzgado gallego se preguntaba si se puede considerar que este beneficio fiscal es una ayuda de Estado ilegal a los ojos de Bruselas, dado que podría suponer una ventaja selectiva respecto a sus competidores.