Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El juez acuerda investigar al último presidente de la CAM por el cobro de 640.000 euros en dietas

Gómez Bemúdez abre una pieza para indagar pagos percibidos por Modesto Crepo

Un nuevo frente judicial se le acaba de abrir al que fuera último presidente de la CAM, el empresario ilicitano Modesto Crepo, después de que el magistrado de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez haya acordado formar una pieza separada para investigar los 640.000 euros que cobró en concepto de dietas como presidente del consejo de administración de Tinser Cartera S. L., una de las empresas participadas de la caja de ahorros, sin que conste que tal retribución obedeciera a actividad alguna.

Además de esta causa, Crespo ya estaba imputado junto a los exdirectores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós y los exdirectores Vicente Soriano, Teófilo Sogorb, Francisco Martínez, Juan Luis Sabater y Salvador Ochoa en la causa abierta por el presunto falseo de las cuentas de la entidad según mantienen las acusaciones.

La decisión del instructor de indagar el asunto de las dietas al margen de la pieza principal obedece a un planteamiento del fiscal quien, en un informe previo remitido al juez, argumenta que hacerlo así podía activar el procedimiento dado que, según sostiene, tan responsable es del cobro de los 300.000 euros anuales fijados el que los percibió como quienes permitieron que lo hiciera, en clara alusión a los miembros del consejo de administración que aprobaron la cuantía que Crespo se acabó embolsando a cambio de no hacer nada.

De hecho, el acusador público ha planteado que se cite a declarar como imputados a los 19 miembros del consejo de la CAM que el 27 de noviembre de 2009 aprobaron por unanimidad que el consejo de administración de Tinser estuviera presidido por el también presidente de la caja y que la cantidad a percibir al año por Crespo fuera de 300.000 euros «pagadera trimestralmente en su cuarta parte y tendrá carácter retroactivo respecto a los dos últimos trimestres del presente año», según recoge el acta de aquella reunión.

Un día antes de la aprobación y a propuesta del entonces director general, Roberto López, la comisión de retribuciones, cuyos miembros (Luis Esteban, Antonio Gil-Terrón y Martín Sevilla) estaban todos presentes en el consejo de administración de la caja, emitieron un informe favorable a la citada retribución. El fiscal salva a los miembros del comité de dirección porque se limitaron a apoyar la creación en Tinser de un órgano de administración presidido por el empresario de Elche pero sin entrar en la cuantía que tenía que percibir.

Para apuntalar su planteamiento cita el fiscal una sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2013 en la que se recoge que «no es factible en una causa penal indagar sobre la justificación de la dieta y el esfuerzo realizado aunque ha de comprobarse que los emolumentos recibidos se corresponden con la actividad en la que el sujeto activo ha dedicado tiempo, esfuerzo y que podrían generar responsabilidad». Para el acusador público, «resulta evidente que la dieta anual de 300.000 euros a favor de Modesto Crespo no se corresponde con una actividad que conlleve dedicación de tiempo, esfuerzo o rentabilidad, y ello principalmente por dos razones: la primera, porque si fuera así no habría ningún motivo para que la dieta la cobrara sólo el presidente y no los restantes miembros del consejo de administración; la segunda, porque 150.000 euros de esa dieta correspondían a un periodo de tiempo ya pasado (el denominado carácter retroactivo de la misma) en el que el señor Crespo no había desempeñado ningún cargo en esta sociedad y, por lo tanto, era sencillamente imposible que le hubiera dedicado ningún tiempo ni esfuerzo, o que hubiera contraído alguna responsabilidad por su gestión».

Según el informe del Banco de España, Crespo cobró 190.000 euros en 2009 (parte de ellos con carácter retroactivo), 300.000 en 2010 y 150.000 en 2011, el año que la CAM tuvo que ser intervenida.

La pieza se abre por un presunto delito de apropiación indebida aunque el fiscal apunta también a un posible cargo de administración desleal.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats