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Al Sabadell

El juez reclama el test de idoneidad de todos los compradores de cuotas y preferentes

Gómez Bermúdez quiere averiguar si los clientes sabían los riesgos que corrían

El juez reclama el test de idoneidad de todos los compradores de cuotas y preferentes

Comprobar si los clientes de la CAM sabían lo que hacían cuando compraron preferentes, cuotas participativas o deuda subordinada. Éste es el dato que quiere tener claro el magistrado Javier Gómez Bermúdez, instructor de la causa abierta por la comercialización de estos productos y en la que figuran como responsables civiles subsidiarios la Fundación CAM y el Banco Sabadell. Banco SabadellPrecisamente la entidad catalana es la destinataria de la primera providencia que ha acordado el juez desde que el pasado julio, y ante la petición de archivo de las actuaciones planteada por el Ministerio Fiscal, decidiera seguir adelante con el proceso que se inició por la venta de estos títulos después de que más de medio millar de afectados llevaran su situación ante la Audiencia Nacional.

Gómez Bermúdez le reclama al Sabadell, heredero del negocio financiero de la caja de ahorros tras hacerse con ella por el precio de un euro, «los test de idoneidad de todos los clientes que contrataron productos financieros relativos a cuotas participativas, participaciones preferentes o deuda subordinada».

Sobre el papel, los citados test servían para determinar si el perfil y los conocimientos financieros de los ahorradores eran los adecuados para venderles estos productos que muchos de los damnificados han declarado que los compraron creyendo que se trataba de depósitos a plazo fijo. De hecho, las demandas que algunos afectados han ido ganando en los tribunales ha sido por los fallos detectados en la información que se les facilitó.

En el escrito que pedía el archivo de esta causa por no ver indicios de delito, el fiscal mantenía que en el caso concreto de las preferentes serie C «no se evaluó correctamente la idoneidad del cliente». El acusador público precisaba que «no se evaluó la idoneidad del cliente en el 26% de las operaciones analizadas cuando fue la propia entidad quien inició el proceso de colocación bajo la fórmula de asesoramiento puntual». Y añadía que «en el 99,91% de los casos en que sí se valoró la idoneidad el resultado del test fue positivo debido a lo defectuoso del test empleado ya que en realidad el 72% de las operaciones no eran idóneas para el cliente (en un 63% por carencia de conocimiento y experiencia suficientes en el cliente y en un 9% porque el cliente había indicado su deseo de que el riesgo de pérdida de capital fuera prácticamente nulo); y en el 28% restante los clientes mencionaban un objetivo temporal de su inversión (inferior a cinco años), lo cual hacía que la naturaleza del producto (deuda perpetua) pudiera ser contraria a las preferencias de riesgo del inversor».

El citado escrito recoge también una circular interna elaborada la dirección general adjunta de la CAM fechada el 11 de junio de 2009 y distribuida entre la red de oficinas de la caja en la que, en referencia en este caso a las preferentes, ensalza su «excelente rentabilidad, sin duda la mejor del mercado (7,35%)» así como «su sencillez ya que la facilidad para entender el funcionamiento del producto lo iguala en ese sentido a los productos más básicos de ahorros».

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