Los pequeños inversores que lo perdieron todo con las cuotas participativas de la CAM no tienen más salida que los tribunales, o, al menos, eso es lo que considera que el Gobierno central. En la respuesta del Ejecutivo de Rajoy al diputado de Compromís Joan Baldoví, de hecho, deja bien claro que no tiene intención alguna de recurrir al Fondo de Garantía de Depósitos para compensar las pérdidas que padecieron estos ahorradores.

En la pregunta registrada en el Congreso, Baldoví planteaba que la amortización a cero de las cuotas participativas de la CAM había provocado que más de 50.000 pequeños inversores hubieran perdido su dinero con estos productos tóxicos, en la mayoría de ocasiones, «a través de operaciones engañosas que en estos momentos investiga la Justicia», según apostillaba, para, acto seguido, recordar que el Fondo de Garantía de Depósitos ingresó 5.429 millones de euros para sanear la caja tras su quiebra. Por ello, lo que planteaba el diputado al Ministerio de Economía es la posibilidad de recurrir de nuevo a este fondo para compensar a los pequeños inversores.

El Gobierno, en cualquier caso, rechaza de plano esta posibilidad en el escrito remitido al diputado de Compromís. Argumenta su decisión en el hecho de que, según apunta, las cuotas participativas tienen «las características propias de un instrumento de capital en lo relativo a la asunción de pérdidas en caso de liquidación de la entidad por la que fueron emitidas». Así las cosas, señala que esas cuotas quedaron sin valor en el momento en que, a raíz de la intervención de la CAM, se produjo una reducción de capital en la entidad que determinó un valor negativo.

Esto le sirve al Gobierno para sentenciar que «no existe, por tanto, obligación alguna de resarcir a los cuotapartícipes de las pérdidas experimentadas». Asimismo, avala esta consideración en el principio de «reparto de cargas», y, por ello, según cree el Gobierno, «en el caso de titulares de capital, como son los cuotapartícipes, su participación en la asunción de pérdidas debe ser plena». La única puerta abierta que deja es la de los tribunales, «si estimasen que existió mala comercialización por parte de la entidad emisora», puntualiza.