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El Sabadell responde al juez que no tiene ninguna responsabilidad en las cuotas

El banco catalán recurre la decisión de Gómez Bermúdez de citarle como responsable civil en el proceso que investiga la comercialización de los polémicos títulos

Gómez Bermúdez, en un acto reciente en Alicante RAFA ARJONES

El Sabadell no se siente responsable de la venta de las cuotas participativas y así se lo ha hecho saber al magistrado de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez. Los abogados del banco acaban de presentar un recurso contra la decisión del juez de llamar a la entidad como responsable civil subsidiaria al proceso abierto por la venta de los polémicos títulos-valores en los que vieron atrapados sus ahorros miles de clientes de la CAM, de los que cerca de un millar llevaron su problema a la Audiencia Nacional de la mano del abogado murciano Diego de Ramón.

Entre otras alegaciones, el banco catalán mantiene que no ha obtenido beneficio alguno de la comercialización de los valores y que, por lo tanto, no se le pueden exigir responsabilidades. En su recurso de reforma precisa el Sabadell que «nunca se ha cobrado administración o custodia de las cuotas participativas» y que, «en consecuencia, no hay beneficio alguno ni directo ni indirecto ni de Banco CAM ni del Banco Sabadell que justifique la determinación de una hipotética responsabilidad en base al beneficio obtenido ya que ni Banco CAM ni Banco Sabadell tuvieron participación ni beneficio alguno en la emisión, colocación o comercialización de las mismas».

El banco que preside Josep Oliu responde así al auto de Gómez Bermúdez quien, a su vez, asumió la tesis defendida por el abogado de la Fundación CAM, Carlos Gómez-Jara. El letrado apoyaba la conveniencia de llamar al Sabadell al procedimiento en el hecho de que fue esta entidad la que se quedó con el negocio financiero de la caja de ahorros, que le fue adjudicada por el precio simbólico de un euro después de que el Fondo de Garantía de Depósitos tapara con 5.200 millones el agujero que presentaba en ese momento. Por ello, el representante legal de la Fundación CAM mantenía que es el heredero del negocio financiero de la caja de ahorros quien tiene que hacer frente al presunto quebranto económico causado por la venta de estos productos, cuyo valor ha sido amortizado a cero euros, porque es el Sabadell el que se ha acabado beneficiando de unas transacciones de las que la Fundación no ha visto un euro.

Aunque el juez mantiene también la condición de responsable civil subsidiaria en este proceso a la Fundación CAM (encargada en la actualidad de velar por el patrimonio de la Obra Social de la extinta caja), a su favor juega el que no se hayan detectado anomalías en la emisión de las cuotas tras la auditoría encargada por el juez a inspectores del Banco de España en el marco de la pieza que investiga la gestión de la última cúpula de la entidad. Las irregularidades estarían, por tanto, en fases posteriores de comercialización dado que las cuotas se referenciaban a valores que no reflejaban la situación financiera real de la caja.

El auto de Gómez Bermúdez recurrido ahora por el Sabadell ha dado al traste con la pretensión del banco de mantenerse al margen de los procesos judiciales en los que están imputados y/o acusados antiguos ejecutivos de la CAM, cuyo nombre aparece inexorablemente unido al de la entidad catalana. Al menos de momento.

El equipo jurídico del banco alude en el recurso a la complejidad del proceso de adjudicación de la caja y apela a la escritura de segregación donde, precisan, se excluyen expresamente «los activos y pasivos adscritos a la Obra Social de la CAM, la posición jurídica de la caja como emisor de las cuotas participativas en circulación así como las cuotas participativas que la caja poseía en autocartera y la totalidad de las acciones de Banco CAM de su propiedad que representaban el 100% del capital del Banco CAM en ese momento».

El abogado de la Fundación CAM ya argumentaba en el escrito que el motivo por el que las cuotas no se segregaron al Sabadell fue porque no podían ser asumidas por otro tipo de entidad que no fuera caja de ahorros, por lo que llamaba «mera formalía» que las mantuviera la CAM cuando «están vinculadas materialmente en su valor al negocio financiero».

Si, como es previsible, el magistrado confirma su auto, será al final Audiencia la que resuelva el tema siempre que el Sabadell recurra en apelación. De Ramón ya ha anunciado su intención de no presentar escrito alguno al estar de acuerdo con el criterio del juez.

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