La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia por la que declara vigente el convenio colectivo estatal de las empresas de trabajo temporal (ETTs), frente a la intención de las patronales del sector de poner fecha de finalización a su aplicación.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la sala de lo Social de la Audiencia Nacional estima la demanda planteada por la federación de servicios de UGT y por la federación de servicios financieros y administrativos de CCOO contra la asociación empresarial Asempleo y la asociación de empresas de trabajo temporal Fedett.

En dicha sentencia, la Audiencia Nacional declara vigente el contenido normativo del V convenio colectivo de empresas de trabajo temporal porque "pocos interrogantes se presentan en cuanto a la validez del pacto (...) puesto que las partes tienen a su disposición establecer el régimen de ultraactividad que estimen pertinente".

Así, considera que "las partes pactaron, aunque nada les impedía (...) haber pactado otro régimen de ultraactividad o, incluso, ningún tipo de ultraactividad".

"Así pues, si las partes pactaron que el convenio mantendría vigente su contenido normativo, la emergencia de una nueva regulación de ultraactividad (...) no permite presuponer que el consentimiento otorgado (...) haya quedado invalidado por un cambio en el régimen", añade.

Asimismo, indica que "la posibilidad de limitar la ultraactividad a un año siempre ha estado disponible para las partes, y escogieron no establecerla", por lo que no puede decirse que su voluntad fuera "desplazar el régimen de ultraactividad anual".

En un comunicado, UGT ha explicado que esta sentencia quita la razón a las dos patronales del sector de las ETTs, que habían decidido poner fecha a la finalización de la aplicación del convenio colectivo, alegando haber decaído por la aplicación de la Reforma Laboral.

UGT ha apuntado que la sentencia, que afecta a cerca de 400.000 trabajadores del sector, avala el criterio de ambos sindicatos de que una cláusula en el artículo 5.4 incluida en el convenio "establece claramente que éste mantendrá su vigencia en tanto no se logre un acuerdo expreso que lo sustituya".