­Quince días a contar a partir del pasado jueves 26, cuanto está firmada la providencia, es el plazo de que disponen los cinco exdirectivos de la CAM imputados por las presuntas irregularidades en la gestión de la ya desaparecida caja de ahorros para hacer frente al pago de los 25.812.406 euros que el magistrado de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez les ha impuesto como fianza para asegurar que, en caso de condena, puedan responder por el quebranto económico infligido a la entidad con sus actuaciones.

La fianza millonaria fijada por el juez, a la que la que los cinco imputados (los exdirectores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós, el expresidente Modesto Crespo y los exdirectores Vicente Soriano y Teófilo Sogorb) tendrán que hacer frente de forma solidaria, recoge hasta el último céntimo la cantidad solicitada por el penalista Carlos Gómez-Jara, representante legal designado por el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) en nombre de la CAM, acusación particular en este procedimiento.

En un escrito presentado el pasado 19 de julio, Gómez-Jara instaba al magistrado a que acordara la formación de una «pieza separada para el aseguramiento de la responsabilidad civil y se proceda al embargo de los bienes de los imputados». Y argumentaba su petición invocando la «necesidad de adoptar medidas cautelares reales sobre los bienes de los querellados al concurrir indicios racionales de criminalidad y riesgo de incapacidad futura de resarcimiento del perjuicio». Para apoyar su planteamiento, que el magistrado ha acabado estimando una semana después, el representante legal de la CAM aludía a los «sólidos indicios racionales de criminalidad» en la actuación de los cinco miembros de la excúpula directiva «que podrían ser constitutivos de los delitos continuados de apropiación indebida, administración desleal, falsificación de cuentas y falsedad documental».

Para el cálculo del perjuicio económico supuestamente provocado por los imputados a la entidad que tenían la obligación de gestionar se ha basado la acusación particular en el informe realizado por PWC a instancias a la CAM, y ratificado posteriormente ante el juez, en el que se fija en 25.812.406 euros el daño patrimonial a la extinta caja. Un quebranto «derivado de disposiciones instrumentadas a través de las prejubilaciones obtenidas por varios miembros del comité de dirección (Roberto López, Vicente Soriano, Agustín Llorca, Gabriel Sagistrá, Joaquín Meseguer y Daniel Gil), de la modificación irregular de las condiciones de la Prestación Adicional Asegurada contratada con la empresa Caser, del reparto de incentivos derivados de resultados económicos ilusorios y de la percepción de complementos salariales inmerecidos, como el Bono Extraordinario a Largo Plazo, entre otros, así como de la irregular administración de la CAM por sus directivos». Presuntas anomalías recogidas en el expediente abierto por del Banco de España, corroboradas después en el informe forense de PWC y las mismas que han dado pie (junto a la comercialización de las cuotas participativas, hoy sin valor alguno) al procedimiento que instruye Gómez Bermúdez, quien también ha asumido la tesis del representante legal de la CAM de «que los imputados son, en principio, todos autores de los hechos delictivos, sin gradación por participación», de donde se deduce que «la responsabilidad es solidaria entre ellos».

Tras concluir que «los querellados utilizaron su posición para procurarse beneficios a costa de la entidad mediante la falsificación de contratos, cuentas y la contratación con terceros en perjuicio de la CAM», Gómez-Jara incide en la necesidad de imponer la fianza ya fijada por el juez para asegurar que, en caso de condena, el daño podrá ser resarcido por los imputados quienes, precisa no sin cierta ironía, «pueden sentirse inclinados a destinar a otros fines el patrimonio que en la actualidad ostentan». Y agrega que, de no abonarse los 25.812.406 euros, se proceda al embargo de sus bienes.

Medidas cautelares: López Abad y Amorós, sin pasaportes

En la Audiencia Nacional Roberto López y en un juzgado de Alicante María Dolores Amorós. Ahí fue donde han entregado sus pasaportes los dos últimos exdirectores de la CAM cumpliendo el mandato del juez Gómez Bermúdez quien, además, y a petición de la acusación popular que representa el letrado Diego de Ramón, ha prohibido a López Abad salir del territorio nacional y a María Dolores Amorós, del de la Unión Europea. El juez dictó esta orden el pasado 19 de julio dando un plazo de 24 horas para que se materializara la entrega de los documentos, como así ocurrió. Amorós, no obstante, ha recurrido el auto alegando el arraigo social y familiar y su carencia de vínculos con el extranjero para afirmar que no existe riesgo de fuga. M. G.