Los Juzgados de lo Social de Alicante resolvieron el pasado año 5.579 casos de despidos de trabajadores, una cifra que representa un 11% menos que los 6.278 tramitados durante 2009, según el último balance anual sobre asuntos judiciales sociales publicado por el Ministerio de Trabajo.

Los sindicatos consideran que la tendencia a la baja se encontraría dentro de una evolución "lógica" en el tercer año de la crisis, tras los "duros ajustes" registrados en los dos ejercicios precedentes. No obstante, los representantes sindicales también advierten de que esta disminución del traslado de los conflictos laborales a los juzgados "coincide en el tiempo con la entrada en vigor de la reforma laboral impuesta por el Gobierno a mediados de 2010", según advierte Salvador Roig, secretario de comunicación de CC OO en l´Alacantí-Les Marines.

Desde que los efectos de la crisis comenzaron a sentirse en el mercado laboral, los trabajadores despedidos -afectados por regulaciones de empleo o reestructuraciones de plantilla- han acudido "en mayor medida" a la jurisdicción de lo social para reclamar sus derechos. En este sentido, "el periodo de mayor actividad coincide con el cuarto trimestre de 2008 y se mantiene con un nivel muy elevado que tiende a disminuir a partir del tercer trimestre de 2010", explica Roig.

La estadística muestra cómo los asuntos por despido se han ido incrementando a lo largo de la década, registrándose un mayor crecimiento desde el inicio de la recesión, a partir de 2007. De los 1.747 casos resueltos en Alicante en 2001, se ha pasado hasta los 5.579 actuales. No obstante, la cifra más elevada se registró en 2009, con 6.279 expedientes resueltos, coincidiendo con uno de los peores años de la crisis.

Para CC OO, la reforma laboral -aplicada desde mediados de junio- "reduce al mínimo la posibilidad de control judicial y administrativo de la decisión empresarial en los casos de despidos colectivos u objetivos". Mientras que con anterioridad a la normativa se exigía "una justificación suficiente, razonada y verificable de que los despidos son necesarios para la continuidad de la compañía, tras la reforma sólo se alude a que éstos tienen que ser "mínimamente razonables", por lo que se rebajan las condiciones", explica Salvador Roig, quien añade que con la nueva normativa "existen más facilidades para despedir, al mismo tiempo que se reduce el control judicial de los mismos, lo que provoca que se presenten menos demandas".

De forma paralela a las reclamaciones en los juzgados, las cantidades reconocidas a los trabajadores que han presentado la demanda registran, igualmente, una disminución, aunque en este caso es del 18,6%.

Los jueces aprobaron el pasado año unas indemnizaciones por valor de 86,9 millones, frente al récord de 2009, en que se reconocieron más de 106,8 millones, según los mismos datos del Ministerio. Ambas cifras, no obstante, se encuentran muy distantes de los 35,5 millones de 2008 o los 16,7 millones del año 2002.

Esta reducción de las cuantías se relaciona directamente con la disminución de las reclamaciones presentadas, "pero también con una minoración de las indemnizaciones que están recibiendo los trabajadores a raíz de la aplicación de la reforma laboral". Con la entrada en vigor de la normativa, "además de ser más fácil despedir, resulta más barato", subraya Salvador Roig.

En este contexto interviene, además, otro factor como es el hecho de que una parte "muy importante" de las indemnizaciones y salarios que reclama el trabajador "no los asume el empresario si se declara insolvente. Entonces es el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) el que se hace cargo del pago de las cuantías, con la consiguiente pérdida de derechos salariales de los empleados, ya que el Fogasa tiene un tope", añade Roig.