La denuncia por estafa interpuesta por Nobile Capuani, representante del grupo inversor italiano que gestionó el Eldense, contra David Aguilar y Alfonso Ortuño, presidente y expresidente del club azulgrana, ha sido archivada. Así lo ha decretado el juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Elda, al considerar que "no quedan evidenciados indicios de estafa ni de administración desleal en este procedimiento por parte de Ortuño y Aguilar".

Cabe recordar que el pasado 1 de diciembre Ortuño y Aguilar acudieron a prestar declaración como investigados para defenderse de las acusaciones por estafa realizadas por Capuani. En ese sentido, sólo 11 días después el juez ha procedido al sobreseimiento provisional de la causa alegando que "según han declarado los denunciados, el contrato fue redactado unilateralmente por el denunciante, quien además fue el que se puso en contacto con Ortuño", añadiendo en ese sentido que se considera verosímil "la aparente implicación del señor Esquembre, letrado del denunciante, y el hecho de que no consta que los denunciados tengan los conocimientos necesarios para redactar un contrato tan detallado".

Además, el magistrado afirma que "no puede descartarse que la denuncia tenga el único propósito de generar confusión o dilatar la instrucción del procedimiento en el que el denunciante es denunciado", en alusión al caso de los presuntos amaños de partidos en el que Nobile Capuani continúa investigado por los delitos de corrupción entre particulares y asociación ilícita.

Por otro lado, también se señala en el auto que "la intención del señor Capuani parece haber sido la de adquirir el Eldense, pero ello no es posible al no estar constituido como Sociedad Anónima Deportiva", añadiendo en ese sentido que Ortuño y Aguilar acreditaron documentalmente pruebas de que "el club estaba al corriente de pagos antes y después de la gestión del denunciante, pero no durante el periodo del señor Capuani, que asimismo dejó a deber dinero a la empresa encargada de la equipación depotiva del club, lo que supone un importante indicio de que el denunciante nunca tuvo la intención de cumplir con el contrato ni de efectuar desembolso alguno", sentencia el magistrado.

Sin embargo, contra este auto cabe la interposición de recurso de apelación, en el plazo de tres días.